Aviso Oficial

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2009

FECHA DESTINACION ITEM CUIT IMPORTADOR 03/10/2005 05038ZFE1000888S 1 al 48 20-20949056-1 ADID MOHAMED ADRIAN 26/02/2005 05038ZFE1000190E 1 al 58 20-20949056-1 ADID MOHAMED ADRIAN Se deja constancia que los elementos probatorios no presentados dentro del término aludido no podrán hacerse valer en instancias futuras, salvo que se trate de hechos nuevos no conocidos.

Toda la documentación deberá estar intervenida por el importador o su representante. En caso de aportarse fotocopias por medio del Correo, las mismas deberán estar debidamente autenticadas ante Escribano Público, mientras que si las mismas son aportadas personalmente deberán estar acompañadas de los originales a los efectos de que el funcionario que proceda a la recepción de las mismas pueda cotejarlas.

En los casos en que se determine que el valor de las mercaderías en cuestión no puede establecerse de conformidad con el método del valor de transacción, definido por el artículo 1º del Acuerdo en trato, sea porque la vinculación incide en el precio, porque la información no hubiera sido presentada o porque la misma resultara insuficiente, se procederá a determinar el Valor en Aduana mediante otro método compatible con los dispuestos en el Acuerdo del GATT/OMC, fundamentando la elección de aquel que haya sido adoptado.

Fdo.: Ing. FRANCISCO F. GóMEZ, Jefe División Fiscalización de Operaciones Aduaneras. -Ing. JUAN BAUTISTA OCAMPO, Director, Dirección Regional Aduanera Mendoza.

e. 19/11/2009 Nº 107062/09 v. 19/11/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA MENDOZA SRES. IMPORTADORES Como consecuencia del estudio de valor que se esta realizando por la División Fiscalización de Operaciones Aduaneras de la Dirección Regional Aduanera Mendoza, con relación a las destinaciones detalladas a continuación, y teniendo en cuenta que los antecedentes obrantes en esta oficina denotan diferencias de valor en destinaciones de un mismo momento, lugar y calidad de mercaderías, notándose una baja en su valor, es que se les solicita la provisión de información (o ampliar la suministrada) a los efectos de contar con una explicación complementaria, el aporte de elementos de juicio relacionados con la cantidad total efectivamente pagada o por pagar por la mercadería importada, y la justificación de las razones de mercado o de otra índole que hubieran podido lícita y razonablemente motivar el precio pactado, atento a que la presentada como...

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