Aviso Oficial

Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2009
  1. - Cancélase la matrícula mencionada en el Art. 1º.'. Queda debidamente notificada (Art.

42, Dto. 1759/72 (t.o. 1991). -- Fdo.: Sr. D. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable del INAES.

e. 09/11/2009 Nº 101774/09 v. 11/11/2009 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Nº 31.776 22 el artículo 26 del Convenio Colectivo de Trabajo --primera parte-- Acta Acuerdo Nº 2/08, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en HipólitoYrigoyen Nº 370, 5º Piso,

Oficina Nº 5648, , de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). -- Fdo.: Dra. MELINA GUASSARDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 05/11/2009 Nº 100323/09 v. 09/11/2009 puesto a la resolución mencionada, a tal fin publíquese edicto en el boletín oficial por el término de tres días, haciéndole saber a la sumariada sobre las iniciación de las presentes actuaciones, pudiendo dicha entidad, en plazo de 10 (diez) días hábiles, más los plazos ampliatorias que correspondan en razón de la distancia (art. 1 inc. f Ley 19.549), para la entidad que se encuentran fuera del radio urbano de la CABA, presentar descargo y ofrecer sólo prueba documental que haga a su derecho. Dicho plazo comenzará a regir desde el último día de la publicación del presente.

También se notificará que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención, de sus apoderados o de sus representantes legales (arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario 1759/72 t.o. 1991). Se hace saber a las entidades que de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la iniciación del respectivo sumario, cuyo número se indicará en el pertinente edicto, podría recaer sobre las mismas la sanción dispuesta en el art. 101 inc. 3 de la Ley 20.337. Vencido el término se emitirá una disposición sumarial que dé por concluido el sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada; aconsejando la medida adoptar. Asimismo notifíquese que el Suscripto ha sido designado Instructor Sumariante por orden la Secretaría de Contralor. El presente deberá publicarse por TRES (3) días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). -- Fdo.: Dra. LILIANA E...

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