Aviso Oficial .

Fecha de disposición27 Junio 2017
Fecha de publicación27 Junio 2017
SecciónAvisos Oficiales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE ORÁN

ADUANA ORAN, 04 de Abril de 2017

Que la figura infraccional denunciada, se encuentra dentro de las previsiones de la Instrucción Gral. XI/2016 en virtud de que el valor en plaza de la mercadería secuestrada no supera la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) (Art. 985, 986 y 987 Ley 22.415).

Que realizada la consulta en las Aduanas del País, mediante el AFIP-COMUNICA a los efectos de verificar los antecedentes de/la imputado/a, resulta que NO REGISTRA ANTECEDENTES computable del tipo infraccional que se le imputa.

Que por ello corresponde ordenar el archivo de las mismas, de conformidad con lo establecido en el Pto. 1.6 de la Instrucción Gral. XI/2016 (DGA), dictado en virtud de lo dispuesto en el decreto Nº618/97, art. 6º, punto 2 inc. a).

Que asimismo corresponde hacer saber al propietario que dentro de los Diez (10) días de notificada la presente deberá abonar los tributos pertinentes para el supuesto de pretender retirar la mercadería, demostrando la calidad de comerciante, todo ello bajo apercibimiento de dar a la misma el tratamiento previsto en los art. 429 y ss del CA., o el abandono voluntario a favor del Estado Nacional de la mercadería en infracción y entrega de esta en Zona Primaria Aduanera para luego proceder a su pública subasta, destrucción, donación, conforme lo programado en el art. 436 CA., Decreto 1192/96 y Ley 25.603. Aduana de Oran sita en calle Av. Palacios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR