Aviso Oficial /2009

Fecha de disposición13 Octubre 2009
Fecha de publicación13 Octubre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31756
  1. Organizar una bolsa de trabajo.

  2. Elaborar proyectos y organizar planes de viviendas para el Gremio, pudiendo llevar a cabo los mismos por los más diversos sistemas, en favor de los trabajadores afiliados al Sindicato.

  3. Agruparse con otras asociaciones gremiales mercantiles --con o sin personería gremial-- a las que se encuentra vinculadas por razones geográficas, económicas o de cualquier otra índole.

Artículo 3º

La zona de actuación de la entidad es el partido de Tres Arroyos.

DIRECCION Y ADMINISTRACION Artículo 26º -- La Organización estará administrada y dirigida por una Comisión Directiva compuesta por diez (10) miembros titulares a saber: un (1) Secretario General, un (1) Sub-Secretario General; un (1) Tesorero; un (1) Protesorero; un (1) Secretario de Actas; un (1) Secretario de Asuntos Gremiales; un (1) Secretario de Acción Social; y tres (3) vocales titulares. Los miembros de Comisión Directiva durarán cuatro (4) años en sus funciones. La elección se hará por lista hasta con especificación de cargos, pudiendo ser reelectos.

Artículo 27º

En el mismo acto eleccionario en que se eligen los miembros titulares de la Comisión Directiva se elegirán tres (3) vocales suplentes además de dos (2) Revisores de Cuentas titulares y dos (2) suplentes.

DEL SECRETARIO GENERAL Artículo 44º -- El Secretario General es el representante legal de la entidad en todos sus actos, y tendrá las siguientes atribuciones y deberes:

  1. Llevará la firma y la representación del Sindicato en las comunicaciones y actos oficiales.

  2. Firmará con el Tesorero las órdenes de pago y todas las escrituras públicas o documentos privados que afecten a la Entidad.

  3. Firmará toda la correspondencia de la Entidad, pudiendo autorizar a otra persona la firma de los asuntos de simple trámite.

  4. Convocará a reunión de la Comisión Directiva extraordinariamente o cuando lo soliciten por escrito cinco (5) de sus miembros y convocará a Asamblea Extraordinaria con acuerdo de la Comisión Directiva, como así también reunir a los afiliados y delegados.

  5. Tendrá a sus órdenes inmediatas al personal de la Entidad.

  6. Deberá cumplir y hacer cumplir las disposiciones de este Estatuto, reglamentos internos, resoluciones de Asambleas y acuerdos de Comisión Directiva.

Número de afiliados al tiempo de la aprobación del estatuto: 1.569

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

sintesis del estatuto social del sindicato pergaMino de obreros especialistas y eMpleados de los serVicios e industrias de las telecoMunicaciones, aprobado por resolucion M.t.e.y F.r.H. nº 789/01.

DE LA CONSTITUCTON, DENOMINACION Y DOMICILIO:

ART.1º:El 'SINDICATO PERGAMINO DE OBREROS, ESPECIALISTASY EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES' (adherido a la F.O.E.E.S.I.T.R.A.) que se regirá por el presente Estatuto, que se constituyó el 12 de enero de 1958, como continuador de la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina, y agrupa a todos los trabajadores de Telefónica de Argentina S.A. y Telecom Argentina S.A, cooperativas telefónicas y a los trabajadores de las Industrias, Servicios, Construcción, Mantenimiento. Comercialización de Telecomunicaciones y Multimedia en sus distintas etapas y abarca todas las funciones laborales, ya sean realizadas por las Empresas o sus contratistas, y con zona de actuación en los siguientes partidos: PERGAMINO, SAN NICOLAS, RAMALLO, SAN PEDRO, BARTOLOME MITRE, CAPITAN SARMIENTO, CHACABUCO, ROJAS, GENERAL ARENALES, LEANDRO N. ALEM, CONESA, JUNIN,

BARADERO, COLON Y SALTO, TODOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Y LAS LOCALIDADES DE HUGHES Y WELLWRIGHT DEL PARTIDO DE GENERAL LOPEZ Y LA LOCALIDAD DE GENERAL GELLY DEL PARTIDO DE VILLA CONSTITUCION TODOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, constituyendo una Asociación Gremial con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales de acuerdo a las disposiciones vigentes.

ART. 2º

El 'SINDICATO PERGAMINO DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES' tiene su domicilio legal en la calle 25 de mayo 638 / 640 de la ciudad de Pergamino - Provincia de Buenos Aires República Argentina.

ART. 3º

Este Sindicato tendrá como fines:

a)- Propender al mejoramiento de las condiciones económicas, técnicas, culturales y sociales de todos los obreros, especialistas y empleados de los servicios e industrias de las telecomunicaciones.

Considerándose como principal importancia el mantenimiento, mejoramiento y uniformidad de las condiciones de los trabajadores.b)- Intensificar la unión entre los trabajadores de los servicios e industrias de las telecomunicaciones, que éstos se ayuden y sostengan recíprocamente en todos aquellos que usamos que no contradigan los Estatutos y reglamentos aprobados.

c)- Fomentar los hábitos de estudio, trabajo, economía, asistencia social y turismo a tal efecto se crearán bibliotecas, escuelas técnicas, sociedades cooperativas, provedurías, mutualidades, policlínicos, colonias de vacaciones y entidades deportivas, adoptando todas aquellas disposiciones que contribuyan a estos fines.

d)- Excluir del Sindicato todas las prácticas políticas, partidarias y religiosas como así las discriminaciones raciales y de nacionalidad.

e)- Propugnar la socialización de las Empresas Telefónicas, tendiendo a lograr la mayor participación de los trabajadores en la gestión y propiedad de las mismas, con el fin de alcanzar el cumplimiento integral de la justicia distributiva, en atención de los...

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