Aviso Oficial

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2009

3) Actividades y servicios relacionados con: exportación e importación; recuperación de envases líquidos y sólidos; fraccionamiento de vinos; fraccionamiento de productos químicos; envasamiento, distribución, carga y descarga, venta de gas y otros combustibles; extracción y venta de áridos en general; fotocopiados y elaboración de copias heliográficas y dactilográficas; empresas y casas de fotografías, encuadernación y grabados; factura y venta de sellos de goma; venta, instalación y mantenimiento de medios de comunicación, circuito cerrado, t.v. y videocables, copiado de video, video clubes; transporte de personal, obreros y escolares; transporte de ropa para lavaderos y tintorerías; transporte, carga y descarga de mercaderías y de elementos diversos dentro del radio urbano, mudanzas y depósito, carga y descarga de mercadería; guarda, acarreo y depósito de equipajes; mercados de concentración de frutas y verduras; consignatario de hacienda; casas de ferias y remates; corredores de cereales y frutos del país; depósito de hacienda; lavadero de lana;

camping, balnearios y centro recreativos; salones de belleza; sauna y masajes; gimnasio y centro de deportes; institutos de enseñanza y práctica deportiva; academias de enseñanza en general;

guarderías, jardines de infantes, colegios privados; bibliotecas particulares; refacción, pintura, mantenimiento, restauración limpieza, desinfección y desrratización de edificios; empresas de barrido;

limpieza y recolección de residuos; lavaderos y engrase de automotores, playas de estacionamiento y guardería de automotores y náuticas; lavaderos y autoservicios de lavados y secados de ropa:

alquiler de vajillas, mesas, sillas, televisores y muebles en general; depósito, limpieza y resguardo de prendas de cuero y pieles; parquización, viveros, mantenimiento de plantas a domicilio; locutores de servicios de emergencia; de información de seguridad y vigilancia; servicios de recados y mensajerías urbanas y rurales; servicios de radiollamada; organización y venta de rifas; venta ambulante y en playas; promoción y/o degustación; agencias de cine y publicidad; agencias marítimas, trámites y registración de patentes de marcas; despachante de aduana, comisionistas, transporte de valores; mercados de valores; asesoramiento técnico de seguros; empresas de información de créditos; agencias o empresas de análisis y estudios de mercado; empresas de gestión y cobranzas de créditos; agencias de empleo y selección de personal; mandatos o representaciones;

gestoría, escribanías y estudios jurídicos, contables, de arquitectura, ingeniería; administración de propiedades; traductoría; administración de empresas en general; asesores de instalaciones industriales y equipamientos; servicios contratados de provisión del personal; comercialización de productos mediante planes de ahorro y círculos integrados; organizaciones de venta; comercialización de productos a domicilio; asesoramiento impositivo, laboral y previsional; embalajes y empaques en general; mutuales; entidades de culto; patinajes.

4) Personal de capataces y supervisores, administrativos de venta y profesional de las siguientes actividades industriales: fábricas de jugos de todo tipo; fábricas de mosaicos; fábricas de zapatos; fábricas de pastas fresca; fábricas de extracto de quebracho; fábricas de juguetes; fábricas de cepillos, escobas y pinceles; fábrica de artículos de madera; fábricas de cerámica, fábricas de artesanías y artículos folklóricos; fábricas de envases de cartón; corrugado; industria minera; areneras, y áridas en general; molienda de materiales, minerales; industria del neumático; industria del vestido; industria perfumista; del calzado; industria ceramista; barracas; empaques de frutas; construcción.

5) Asimismo se encuentra comprendido en este estatuto todo el personal que realiza tareas de reparación, armado y mantenimiento en distintas especialidades, dentro de los establecimientos comerciales.

6) Establecimientos cuyo fin consiste en dotar de trabajadores a otras empresas para satisfacer necesidades laborales extraordinarias y/o transitorias de éstas y los trabajadores provistos.

7) Establecimiento cuyas actividades y servicios están relacionados con la comercialización de equipos de computación (hardware) y sistemas de aplicación (software), accesorios y repuestos, bibliografías e información, análisis de sistemas, de organización y métodos, programación, preparación y control de información, registración y almacenamiento de datos, y todas aquellas tareas relacionadas especialmente con la informática, incluida la comercialización de servicios relacionados con la misma, asesoramiento, mantenimiento y reparación de computadoras eléctricas y sus periféricos.

8) Establecimientos dedicados a las actividades denominadas 'cementerios privados' y a la prestación de servicios de ambulancias particulares.

9) Establecimientos cuyas actividades habituales, específicas o afines, comprendan el turismo, ya sea en forma directa o indirecta, realizando o dedicándose a transporte, promoción, intercambio, servicios de distancia índole turístico; información, orientación, excursiones, paseo visita, entretenimientos, deportes en centros, ríos, campings, venta de bienes muebles e inmuebles atinentes a un servicio de turismo, renta o explotación de paya de estacionamiento en zonas aledañas a centro de turismo.

10) Establecimiento de enseñanza privada no oficial, capacitación y/o entrenamiento.

11) Los trabajadores en la pasividad que hayan pertenecido a algunas actividades consignadas precedentemente. Siempre que al momento de acogerse al beneficio jubilatorio se hubieren encontrado afiliados a la entidad. Tendrá domicilio legal en calle 9 Nº 1476 entre 33 y 34 de Veinticinco de Mayo, Pcia. de Bs. As, o en el lugar que fije su órgano directivo, y su zona de actuación comprenderá Norberto de la Riestra, y todo el territorio del Partido de Veinticinco de Mayo (B).

ARTICULO 2

EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE VEINTICINCO DE MAYO tendrá como objeto la defensa del interés profesional de los trabajadores comprendidos en su ámbito personal y territorial de actuación y, en consecuencia atenderá a todo cuanto...

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