Aviso Oficial
Emisor | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Fecha de la disposición | 31 de Agosto de 2009 |
3) Actividades y servicios relacionados con: exportación e importación; recuperación de envases líquidos y sólidos; fraccionamiento de vinos; fraccionamiento de productos químicos; envasamiento, distribución, carga y descarga, venta de gas y otros combustibles; extracción y venta de áridos en general; fotocopiados y elaboración de copias heliográficas y dactilográficas; empresas y casas de fotografías, encuadernación y grabados; factura y venta de sellos de goma; venta, instalación y mantenimiento de medios de comunicación, circuito cerrado, t.v. y videocables, copiado de video, video clubes; transporte de personal, obreros y escolares; transporte de ropa para lavaderos y tintorerías; transporte, carga y descarga de mercaderías y de elementos diversos dentro del radio urbano, mudanzas y depósito, carga y descarga de mercadería; guarda, acarreo y depósito de equipajes; mercados de concentración de frutas y verduras; consignatario de hacienda; casas de ferias y remates; corredores de cereales y frutos del país; depósito de hacienda; lavadero de lana;
camping, balnearios y centro recreativos; salones de belleza; sauna y masajes; gimnasio y centro de deportes; institutos de enseñanza y práctica deportiva; academias de enseñanza en general;
guarderías, jardines de infantes, colegios privados; bibliotecas particulares; refacción, pintura, mantenimiento, restauración limpieza, desinfección y desrratización de edificios; empresas de barrido;
limpieza y recolección de residuos; lavaderos y engrase de automotores, playas de estacionamiento y guardería de automotores y náuticas; lavaderos y autoservicios de lavados y secados de ropa:
alquiler de vajillas, mesas, sillas, televisores y muebles en general; depósito, limpieza y resguardo de prendas de cuero y pieles; parquización, viveros, mantenimiento de plantas a domicilio; locutores de servicios de emergencia; de información de seguridad y vigilancia; servicios de recados y mensajerías urbanas y rurales; servicios de radiollamada; organización y venta de rifas; venta ambulante y en playas; promoción y/o degustación; agencias de cine y publicidad; agencias marítimas, trámites y registración de patentes de marcas; despachante de aduana, comisionistas, transporte de valores; mercados de valores; asesoramiento técnico de seguros; empresas de información de créditos; agencias o empresas de análisis y estudios de mercado; empresas de gestión y cobranzas de créditos; agencias de empleo y selección de personal; mandatos o representaciones;
gestoría, escribanías y estudios jurídicos, contables, de arquitectura, ingeniería; administración de propiedades; traductoría; administración de empresas en general; asesores de instalaciones industriales y equipamientos; servicios contratados de provisión del personal; comercialización de productos mediante planes de ahorro y círculos integrados; organizaciones de venta; comercialización de productos a domicilio; asesoramiento impositivo, laboral y previsional; embalajes y empaques en general; mutuales; entidades de culto; patinajes.
4) Personal de capataces y supervisores, administrativos de venta y profesional de las siguientes actividades industriales: fábricas de jugos de todo tipo; fábricas de mosaicos; fábricas de zapatos; fábricas de pastas fresca; fábricas de extracto de quebracho; fábricas de juguetes; fábricas de cepillos, escobas y pinceles; fábrica de artículos de madera; fábricas de cerámica, fábricas de artesanías y artículos folklóricos; fábricas de envases de cartón; corrugado; industria minera; areneras, y áridas en general; molienda de materiales, minerales; industria del neumático; industria del vestido; industria perfumista; del calzado; industria ceramista; barracas; empaques de frutas; construcción.
5) Asimismo se encuentra comprendido en este estatuto todo el personal que realiza tareas de reparación, armado y mantenimiento en distintas especialidades, dentro de los establecimientos comerciales.
6) Establecimientos cuyo fin consiste en dotar de trabajadores a otras empresas para satisfacer necesidades laborales extraordinarias y/o transitorias de éstas y los trabajadores provistos.
7) Establecimiento cuyas actividades y servicios están relacionados con la comercialización de equipos de computación (hardware) y sistemas de aplicación (software), accesorios y repuestos, bibliografías e información, análisis de sistemas, de organización y métodos, programación, preparación y control de información, registración y almacenamiento de datos, y todas aquellas tareas relacionadas especialmente con la informática, incluida la comercialización de servicios relacionados con la misma, asesoramiento, mantenimiento y reparación de computadoras eléctricas y sus periféricos.
8) Establecimientos dedicados a las actividades denominadas 'cementerios privados' y a la prestación de servicios de ambulancias particulares.
9) Establecimientos cuyas actividades habituales, específicas o afines, comprendan el turismo, ya sea en forma directa o indirecta, realizando o dedicándose a transporte, promoción, intercambio, servicios de distancia índole turístico; información, orientación, excursiones, paseo visita, entretenimientos, deportes en centros, ríos, campings, venta de bienes muebles e inmuebles atinentes a un servicio de turismo, renta o explotación de paya de estacionamiento en zonas aledañas a centro de turismo.
10) Establecimiento de enseñanza privada no oficial, capacitación y/o entrenamiento.
11) Los trabajadores en la pasividad que hayan pertenecido a algunas actividades consignadas precedentemente. Siempre que al momento de acogerse al beneficio jubilatorio se hubieren encontrado afiliados a la entidad. Tendrá domicilio legal en calle 9 Nº 1476 entre 33 y 34 de Veinticinco de Mayo, Pcia. de Bs. As, o en el lugar que fije su órgano directivo, y su zona de actuación comprenderá Norberto de la Riestra, y todo el territorio del Partido de Veinticinco de Mayo (B).
EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE VEINTICINCO DE MAYO tendrá como objeto la defensa del interés profesional de los trabajadores comprendidos en su ámbito personal y territorial de actuación y, en consecuencia atenderá a todo cuanto...
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