Aviso Oficial

Fecha de disposición10 Agosto 2009
Fecha de publicación10 Agosto 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31712

Dr. ROBERTO J. PELIZZARI, Jefe Departamento de Comisiones Médicas y Oficinas de Homologación y Visado.

e. 10/08/2009 Nº 65250/09 v. 12/08/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 28/7/2009

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes de la ex agente fallecida María Elvira DURAO (L.C. Nº 5.142.695), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 26 del Convenio Colectivo de Trabajo --primera parte-- Acta Acuerdo Nº 2/08, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en HipólitoYrigoyen Nº 370, 5º Piso,

Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Firmado: Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefa (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 10/08/2009 Nº 65261/09 v. 12/08/2009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Código Aduanero (LEY 22.415, art. 1013 inc. 'h' y 1101) Por ignorarse domicilio, se cita al Sr. MEDOC AGUER (PASAPORTE Nº 97AE10324), para que dentro de los 10 (diez) días hábiles (plazo éste que será extendido de corresponder según art. 1036 del C.A.), comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al art. 970 del C.A., que se les imputa en el Expte. Nº 605.419/2003 SIGEA 12039-994-2007 que tramita en la Sec. de Actuación Nº 4 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Hipólito Yrigoyen 460 1º Piso CAP. FED., bajo apercibimiento de rebeldía. Se deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se les hace saber que el pago de la multa mínima, cuyo monto asciende a $ 370,76 (PESOS TRESCIENTOS SETENTA CON 76/100), y el abandono a favor del Estado de la mercadería amparada por FAAA 353271/98, con la entrega de ésta en zona primaria aduanera, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (arts. 930, 931 y 932 del C.A.). Asimismo se deberá integrar la suma de $ 565,28 (PESOS QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON 28/100), en concepto de tributos adeudados, haciéndoles saber que por ser dicha suma una obligación contraída con anterioridad a la sanción de la Ley 25.561, les será de aplicación lo dispuesto por el art. 8 del Decreto 214/02 y el art. 4º del citado Decreto, por lo que se ajustará dicha suma...

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