Aviso Oficial

Fecha de disposición29 Julio 2009
Fecha de publicación29 Julio 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31704

AVISOS OFICIALES Anteriores PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Bs. As., 23/7/2009

La Prefectura Naval Argentina notifica a AGREPEZ S.A. con domicilio en J. D. Perón 949 - Piso 13 C.A. de Buenos Aires, y a toda persona física o jurídica con interés legítimo en el Buque Pesquero TEHUELCHE (6136) hundido en escollera sur, entre Muelle 10 y Espigón 7 Puerto Mar del Plata, que acorde Disposición DJPM,DV1. Nº 68/2008 conforme Artículo 17º bis Ley 20.094, deberán iniciar trabajos de extracción del mismo dentro de sesenta y un (61) días corridos contados partir publicación presente edicto, y completar extracción en sesenta y un (61) días corridos contados partir iniciación tareas dando aviso previo a Prefectura Mar del Plata. Incumplido uno u otro plazo se procederá acorde mismo Artículo asistiéndole derecho de abandono a favor del Estado Nacional - Prefectura Naval Argentina conforme Artículo 19 misma ley. Firmado: OSCAR ADOLFO ARCE -Prefecto General - Prefecto Nacional Naval. -- ROBERTO HUGO TABIERES, Ayudante Principal,

Encargado División Judicial y Sumarios.

  1. 28/07/2009 Nº 61516/09 v. 30/07/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DIRECCION REGIONAL OESTE AGENCIA Nº 54

    San Justo, 8/7/2009

    Mediante la presente ésta Administración Federal de Ingresos Públicos comunica que en el marco de la Resolución General Nº 1264 Ud. ha realizado aportes al Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) 20-22360080-9 cuya titularidad no corresponde a una relación laboral de su empresa, durante el período 10/2000.

    Atento que existe un reclamo en tal sentido, se intima su concurrencia a la dependencia de esta Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentre inscripto, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos de notificada la presente, a efectos de presentar el formulario Nº 933 conforme a lo establecido en la Resolución General (AFIP) Nº 1018, por duplicado a fin de corregir el Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) oportunamente informado.

    La falta de concurrencia a tal citación, lo hará pasible de la aplicación de las multas previstas en el artículo 10º Capitulo E de la Resolución General Nº 1566, texto sustituido en 2004.

    Asimismo, deberá adjuntar fotocopia --acompañada de los respectivos originales para su cotejo--, de la documentación detallada a continuación:

    Certificación de servicios del trabajador identificado con el Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) 20-22360080-9 por los períodos indicados, con firma autorizada, certificada por entidad bancaria...

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