Aviso Oficial

Fecha de publicación18 Junio 2009
Fecha de disposición18 Junio 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31676

P.A.NCM Descripción de la Mercadería 0406.90.20 Todas las mercaderías de esta NCM sujetas a Valor Referencial 0406.90.30 Todas las mercaderías de esta NCM sujetas a Valor Referencial 0406.90.90 Todas las mercaderías de esta NCM sujetas a Valor Referencial 1901.90.20 Todas las mercaderías de esta NCM sujetas a Valor Referencial 1901.90.90 Todas las mercaderías de esta NCM sujetas a Valor Referencial e. 18/06/2009 Nº 51758/09 v. 18/06/2009 AdministrAciOn FederAl de ingresOs PUblicOs direcciOn generAl de AdUAnAs AdUAnA de sAntO tOme Se hace saber que en el Sumario Contencioso Nº SC84-36/03, caratulado:'ZARATE GERONIMO S/ENCUBRIMIENTO DE CONTRABANDO ART. 874Y 985 DEL C.A.', se ha dictado la RESOLUCION FALLO Nº 110/08 (AD.SATO), que a continuación se transcribe:

ARTICULO 1º

CONDENAR A 'ZARATE GERONIMO, DNI Nº 7.553.386', con domicilio real en Casa 18, Barrio Sesquicentenario de la ciudad de Posadas, Misiones; con domicilio constituido en sede de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 98/100 ($134.340,98), equivalente a UNA (1) VEZ el valor en plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes y a lo normado por el Art. 985 del Código Aduanero.

ARTICULO 2º CONDENAR con la pena de comiso de las mercaderías art. 985 C.A., las que serán oportunamente destinadas de conformidad a su naturaleza, características y a la normativa vigente.
ARTICULO 3º FORMULAR CARGO e INTIMAR a los interesado al pago de la multa impuesta, debiendo en caso de resultar infructuosa dicha medida, PROCEDER a emitir el pertinente Certificado de Deuda a fin de iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125 C.A.)

ARTICULO 4º.- SUPEDITAR la resolución en sede aduanera respecto del ilícito del Art. 874 C.A.. imputado a los encartados 'ZARATE GERONIMO, DNI Nº 7.553.386', cuyos demás datos son de figuración en autos: para el momento procesal oportuno, es decir una vez que sea...

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