Aviso Oficial

Fecha de disposición28 Mayo 2009
Fecha de publicación28 Mayo 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31662

Código Aduanero (Ley 22.415 arts. 1013 inc. H) y 1101).Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).- Fdo.: MARIA FERNANDA VAZ DE BRITO,

Abogada, Jefa a/c Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros, Delegación Ezeiza.

EXPEDIENTE IMPUTADO INFRACCION TRIBUTOS MULTA 12227-171-2005

ALFONSO ABAD RUIZ (PASAPORTE Nº AB851806) 977º $ 3.805,83.- $ 5.168,16.e. 28/05/2009 Nº 44774/09 v. 28/05/2009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Código Aduanero (Ley 22.415, Arts. 1013 inc. 'h') Por ignorarse el domicilio se corre vista a las personas que más abajo se mencionan a quienes se les imputa hallarse incursas en las figuras descriptas en los arts. 863, 865 inc. a), 866 2º párrafo y 871 del código aduanero a los efectos de que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por los delitos indicados, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 al 1105 del C.A.).Téngase presente que sólo podrá presentarse por un derecho o interés que no fuera propio quienes ejercieren una representación legal o los que se encontraren inscriptos en las respectiva matrícula como procuradores o abogados para actuar ante la Justicia Federal, debiendo acreditar personería en su primera presentación, conforme a lo establecido en el artículo 1030 y sstes. del Código Aduanero, bajo apercibimiento descripto en el art.1033 del mismo cuerpo legal.Si se plantearen cuestiones jurídicas es obligatorio el patrocinio letrado (art. 1034 C.A.). Deben igualmente constituir domicilio dentro del radio urbano correspondiente al asiento de esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituidos en los estrados de la presente oficina aduanera, donde le serán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dicten en las actuaciones enunciadas.

SUMARIO CAUSANTE DELITO 12085-548-2005

KARAMOKO,

Laurriane Eujane Sharon 864...

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