Aviso Oficial

Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2008

CII CCM - Montevideo, 07/VIII/08

PABLO GRINSPUN, Director de Asuntos Económicos Comerciales del Mercosur.

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar e. 11/11/2008 Nº 16049/08 v. 11/11/2008 MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 18/08

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa de Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1

Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa de Brasil para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 7308.90.90 - 'Porta batel de largo de 125 metros y peso de 1900 toneladas' Cantidad: 1 unidad Plazo: 12 meses Alícuota: 2% Art. 2 -- Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa de Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 5/X/08.

CIII CCM - Montevideo, 05/IX/08

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 19/08

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1

Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil, para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 7225.40.90 -'Chapas de acero cromo-molibdeno con un ancho entre 1.000 y 4.000 mm, un largo entre 3.000 y 15.000 mm, un espesor entre 5 y 90 mm y un límite de resistencia mínima de 415MPa'...

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