Aviso Oficial

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición11 de Abril de 2011

para que dentro de quince (15) dÃas de notificado la presente efectivice el pago de la multa endilgada la que asciende a Pesos… En caso de incumplimiento deberá procederse de conformidad a la previsión del art.

”debiendo articularse en el plazo previsto por el art. 1133 C.A. Que para el caso que los importes involucrados no supere los topes mÃnimos establecidos por los arts. 1024/1025 del C.A., para cada una de las respectivas vÃas recursivas deberá estarse a lo establecido por los arts. 23/25 de la Ley 19.549. ART. 4'º REGISTRESE NOTIFIQUESE. Intervenga Sección Contabilidad a fin de la percepción de los tributos y la multa reclamada-Dto. 258/99 y Disp. AFIP 257/99

Cumplido y con constancias agregadas, de no mediar ulterioridades ARCHIVESE por Sección Sumarios. Fdo. Lic. HECTOR GUSTAVO FADDA, Administrador I, División Aduana de Córdoba, sita en la calle Buenos Aires N'º' 150/160 Córdoba.

SUMARIO INTERESADO - DOC./ CUIT ARTS. MULTA TRIBUTOS FALLO SA17-07-505

TEJIDOS PLASTICOS MZA CUIT 30-70747590-7

994 $' 12,72 ---------- 431/10

SA17-07-506

ROM AGU S.R.L. CUIT 3063903489-1

994 $' 12,72 ---------- 440/10

SA17-07-507

SOURCING SHOES S.A.

CUIT 30-69115460-9

994 $' 12,72 ---------- 432/10 e. 11/04/2011 N'º' 39712/11 v. 11/04/2011 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE RIO GRANDE Se notifica al Sr. CARRERA HECTOR MARIO DNI 13.777.488 que en el sumario contencioso SA49-135/09, tramitado ante la Aduana de RÃo Grande, se ha resuelto CORRER VISTA por el término de diez dÃas hábiles, por ser presunto responsable de la infracción prevista y penada por el Art. 995 del C.A., a fin de que presente su defensa, ofrezca pruebas y agregue documental, lugar o la persona en cuyo poder se encontrare, todo ello en los términos del art. 1101 del citado código, bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE y el procedimiento continuara su curso aun sin su intervención, conforme lo prescripto por el art. 1105 del C.A. En la primer presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (art. 1104 C.A.).

En caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona el representante deberá acreditar personerÃa en los términos del art. 1030 y siguientes del citado código. A los fines de acogerse a los beneficios de la extinción de la acción penal previsto en el art. 930/932 del Código Aduanero deberá abonar en el plazo para contestar la vista la suma de $' 1.000.- (PESOS...

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