Aviso Oficial

EmisorSecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2010

Viernes 17 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.989 31

B.C.R.A. SUPERVISION CONSOLIDADA Sección 3. Informaciones.

3.4. Sucursales y subsidiarias de bancos del exterior.

Las sucursales locales o entidades financieras locales subsidiarias de bancos del exterior deberán enviar a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias los estados contables consolidados que su casa matriz o el banco que directa o indirectamente la controla presente al organismo de supervisión bancaria del paÃs donde se encuentra radicada, con la frecuencia y en los términos que éste haya establecido.

Esos estados deberán estar traducidos al castellano, en caso de que estén expresados en idioma diferente. La traducción deberá ser efectuada por traductor público matriculado y su firma legalizada por el...

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