Aviso Oficial

Fecha de publicación12 Agosto 2010
Fecha de disposición12 Agosto 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31964

Jueves 12 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.964 21 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE OBERA Edicto de Notificación (Art. 1013 Inc. “H” Código Aduanero).

Oberá, 2/8/2010

Fdo.: Administrador, División Aduana de Oberá, Dirección Regional Aduanera Posadas, GUILLERMO D. BOGADO.

e. 12/08/2010 N'º90901/10 v. 12/08/2010 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE OBERA VISTO LA INSTRUCCION DE LOS PRESENTES SUMARIOS CONTENCIOSOS, y atento el estado de autos, CORRASE VISTA y cÃtese a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de (10) diez dÃas hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos, a presentar defensa y ofrecer pruebas que hagan a sus dichos y acompañen la documental que estuvieren en su poder. Si no la tuviere, la individualizará indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare (art. 1101 C.A.), todo ello bajo apercibimiento de ser declarados REBELDES (art. 1105 C.A.). Asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, bajo apercibimiento (Art. 1004, 1005 y 1013 inc. g) del CA). En caso de comparecer por interpósita persona, deberán hacerlo en los términos del art. 1030 del C.A. En las presentaciones que se planteen o se debatan cuestiones jurÃdicas será obligatorio el patrocinio letrado (art. 1034 C.A.). Que atento a la infracción que se les imputa, tienen el derecho de gozar de los beneficios establecidos en el Art. 931/2 del C.A., abonando antes del vencimiento del plazo para contestar esta vista el mÃnimo de la multa prevista para la citada infracción, pudiendo hacerlo mediante giro postal, o giro contra Banco Nación Argentina - Suc. Oberá, a la orden de la Administración de la Aduana de Oberá y manifestando por carta certificada que imputa dicho pago, al mÃnimo de la multa y haciendo expreso abandono de la mercaderÃa involucrada a favor del Estado Nacional en los términos del Art. 931 del C.A. Utilizando este beneficio âen la forma señalada procedentemente se tendrán por concluidas las presentes actuaciones y no se registrarán antecedentes por este Sumario Contencioso (Art. 932 2'º parte - del C.A.). Fdo.: GUILLERMO D. BOGADO, Administrador, Aduana de Oberá, Dir. Regional Aduanera Posadas SC86 N'ºACTA INTERESADO/S INF. ART. MULTA 07-046...

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