Aviso Oficial

Fecha de disposición04 Mayo 2010
Fecha de publicación04 Mayo 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31896

17:30 a los efectos de tomar vista del Expediente Nº 12002-9733-09-6 para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa por la presunta infracción al art.

4 de la Ley 17.565 y del art. 14 del Decreto reglamentario 7123/68 en que habría incurrido, bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarla en rebeldía.

Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 30/04/2010 Nº 45033/10 v. 04/05/2010 MINISTERIO DE SALUD DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS Conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 1759/72, en su artículo Nº 42 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, se cita al Sr. JORGE VUOTO DOWLING, Médico (M.N. Nº 44.055) para que en el plazo de DIEZ (10) días a contar del quinto de esta publicación comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS SANITARIAS de la DIRECCION DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD, sito en la Avda.

9 de Julio 1925, Piso 3ro. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9:30 a 17:30 hs.

a los efectos de tomar vista del Expediente Nº 2002-7532/08-5, y notificarse de la Resolución 1203 de fecha 22 de octubre de 2008.

Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 30/04/2010 Nº 45023/10 v. 04/05/2010 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.

Belgrano Nº 1656, notifica, que Ia suscrita ha sido designada Instructora Sumariante por Providencia de Ia Secretaria de Contralor y asimismo hace saber que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S. se ha resuelto instruir sumario a Ia siguiente entidad: SERVICIO INTEGRAL DE ASISTENCIA MEDICAVETERINARIA ASOCIACION MUTUAL, matrícula B.A.2633, expediente Nº 1880.

De acuerdo a las normas en vigor se acuerda el plazo de DIEZ (10) días, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de Ia distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de Ia Capital Federal, para que presenten su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (Artículo 1º inciso f) de Ia Ley 19.549) que comenzará a regir desde el último día de publicación.Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de sus representantes legales (Artículos 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). Se hace saber a las autoridades del Consejo Directivo y a Ia Junta Fiscalizadora de las entidades mutuales, que, de no ser desvirtuadas las mentadas imputaciones de las resoluciones mencionadas, podría recaer sobre las mismas la medida prescripta en el Art. 35 inciso b de Ia Ley 20.321, consistente en Ia inhabilitación temporal o permanente, para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos, a las personas responsables de las infracciones. El presente deberá publicarse por TRES (3) días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 del Decreto...

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