AVISO LEY 19.550 - BUEMEN BRANDS S.A.S.

Fecha de la disposición15 de Junio de 2021

ACTA DE SUBSANACIÓN DE BUEMEN BRANDS S.A.S.- En la Ciudad de Mendoza, República Argentina, a DIEZ días del mes de JUNIO del año DOS MIL VEINTIUNO, ante mí, ANA BELEN DAHER SARROUF, Escribana Pública, Titular del Registro Notarial Número seiscientos ochenta y uno de Capital: COMPARECE: el señor CRISTIAN GABRIEL HERRERIA, argentino, Documento Nacional de Identidad 26.463.243, CUIT 23-26463243-9, nacido el día 05/05/1978, de profesión Lic. Comercio exterior, domiciliado en calle Montecaseros Nº 2030, Coquimbito, Maipú, Mendoza, quien manifiesta ser soltero y no registrar incapacidad ni capacidad restringida para realizar este acto; la compareciente es mayor de edad, a quien identifico de acuerdo a lo que prescribe el artículo 306 inciso b) del Código Civil y Comercial de la Nación, doy fe. Quien concurre a este acto en nombre y representación de “BUEMEN BRANDS S.A.S”, en formación, en el carácter de Administrador Titular de la misma, con facultades suficientes para este acto, lo que acredita con contrato de constitución de “BUEMEN BRANDS S.A.S.”, otorgado mediante contrato privado con firmas certificadas, en fecha 05 de mayo de 2021, ante la escribana autorizante, del registro notarial Nº 681 a mi cargo, encontrándose en trámite de inscripción; y DICE: PRIMERO: que con fecha 05 de mayo de 2021, mediante contrato privado se constituyó la sociedad denominada “BUEMEN BRANDS S.A.S.” SEGUNDO: que al presentarse la nombrada sociedad ante la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza, para la realización de la respectiva inscripción, se observó el Acta constitutiva, que viene por este acto a subsanar por la presente: 1): que adecua el capital social a la moneda nacional por lo que el ARTICULO CUARTO, queda redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO CUARTO. Capital: El capital social se fija en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL ($ 780.000) y está representado por seiscientas acciones (600) de un valor nominal de Pesos Mil Trescientos ($1.300.-) cada una, las mismas serán ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción. Las acciones y los certificados provisionales que se emitan tendrán las menciones del artículo 46 Ley 27.349 y 211 Ley 19.550 (t.o. 1984) y serán firmados por el Administrador y/o síndico (de existir). Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. Siempre en los mismos se deberá incluir la siguiente leyenda: “La transferencia de las acciones representadas por este título...

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