AVISO LEY 19.550 - MEDIOS ANDINOS S.A.
Fecha de la disposición | 23 de Abril de 2021 |
MEDIOS ANDINOS S.A. POR 1 DIA - Por acta de Asamblea General Ordinaria Nº 20 del 23 de Octubre de 2020 se resolvió Modificar el artículo 4° (cuarto) del Estatuto- Objeto Social, dando cumplimiento a normativa vigente, se modificó el artículo 5° (quinto) del Estatuto, eliminando las clases por acciones, y se eligieron las autoridades. Se transcriben artículos modificados: "Artículo 4- Objeto: OBJETO SOCIAL. La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros a las siguientes actividades: SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN: la prestación y explotación en todas sus formas de cualquier tipo de servicio de comunicación audiovisual, entendiéndose por tales no sólo las estaciones de radiodifusión sonora, las de televisión y todos los servicios complementarios de radiodifusión contemplados en la actual legislación de antena comunitaria, circuito cerrado comunitario, mixto, satelitales y por vínculos físico o bandas de radiofrecuencia, televisión móvil, televisión digital, televisión por suscripción de abonados por prestación del servicio por vínculo físico, aéreo codificado, o satelital; así como la provisión de señales y material de radiodifusión por satélite a distintos prestadores de servicios de radiodifusión de la república o extranjeros, como productora de contenidos de servicios de comunicación audiovisual. La explotación a que se alude podrá efectuarse por cuenta propia, por intermedio de terceros o en asociación con terceros, en los casos que la legislación así lo permita. A tal fin, tiene plena capacidad para realizar toda clase de negocios, actividades y servicios en materia de producción periodística, artística, publicitaria e informática, empleando los medios de difusión existentes o a crearse por el devenir tecnológico, como así también cualquier otra forma de producción, transmisión, realización, distribución, comercialización de cualquier índole de programas radiales, televisivos o de otro género, sea por cuenta propia o de terceros; y toda otra actividad que haga al desenvolvimiento del negocio de la trasmisión de imagen y sonido o ambos, sea para la prestación de servicios de comunicación audiovisual y/o tecnologías de la información y la comunicación. PRODUCTORA DE CONTENIDOS: Podrá realizar desde cualquier parte de la República o en el exterior por si, por cuenta de terceros o asociado bajo cualquier forma, las siguientes actividades...
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