AVISO LEY 19.550 - ROLLAND WINE AND CONSULTING S.A.

Fecha de la disposición25 de Marzo de 2021

ROLLAND WINE AND CONSULTING S.A. Comunica que con fecha 19 de Febrero de 2021 en Asamblea General Extraordinaria se ha resuelto modificar los artículos décimo primero, décimo quinto y décimo octavo del Estatuto Social de la siguiente manera:”..- ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea General Ordinaria, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de siete (7) electos por el término de tres (3) ejercicios, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes por el mismo término, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación en el supuesto de producirse vacantes. Mientras la sociedad prescinda de la Sindicatura la elección por la Asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria.- El Directorio en su primera reunión nombrará un Presidente y un Vice-Presidente en el caso que sea superior a uno la cantidad de miembros titulares electos.- El órgano de administración funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.- La Asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el Art. 261 de la Ley 19.550 (T.O.1984).; ARTICULO DÉCIMO QUINTO: Se prescinde de la Sindicatura, teniendo los socios el derecho de contralor que confiere el Art. 55 de la Ley 19.550, conforme lo dispuesto por el Art. 284 de la mencionada Ley. - Si por cualquier causa la Sociedad quedare comprendida en alguno de los incisos del Art. 299 de la Ley 19550 se procederá a la elección en Asamblea Ordinaria...

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