AVISO LEY 19.550 - VALLE HERMOSO S.R.L- CESION CUOTAS-MODIFICACION CONTRATO SOCIAL-CAMBIO AUTORIDADES

Fecha de la disposición20 de Agosto de 2019

VALLE HERMOSO S.R.L- CESIÓN CUOTAS SOCIALES.-. - Se hace saber que por contratos de donación de acciones de fecha 6 de noviembre del 2018 la Sra. Marìa Cristina Giubergia, DNI N° 20.901.429 , argentina, divorciada, mayor de edad, y con domicilio en calle Urquiza 1245 Tupungato, Mendoza, transfiere a título gratuito la cantidad de siete mil doscientas (7.200) cuotas sociales de valor nominal de pesos cien ($100) que determinan un monto suscripto de pesos setecientos veinte mil ($720.000) y que representan el 30% de las cuotas suscriptas e integradas de VALLE HERMOSO SRL , y el Sr. Gabriel Martìn Molet, DNI 24.925.719 argentino, casado, mayor de edad, y con domicilio en calle Urquiza 1245 Tupungato, Mendoza, transfiere a título gratuito la cantidad de cuatro mil ochocientas (4.800) de valor nominal de pesos cien ($100) que determinan un monto suscripto e integrado de pesos cuatrocientos ochenta mil (480.000) y que representan el 20% de las cuotas sociales suscriptas e integradas de Valle Hermoso SRL. Ambas transferencias a favor de la Sra. Marìa Rosa Molet, argentina, casada, DNI 10.415.541, mayor de edad, con domicilio en calle San Lorenzo 208 Tupungato, Mendoza. Como consecuencia de la cesión de las cuotas sociales, la participación social queda establecida de la siguiente forma: Sra. Marìa Rosa Molet, argentina, DNI 10.415.541, 50% del capital, consistente en 12.000 cuotas de valor nominal pesos cien; el Sr. Gabriel Martìn Molet, argentino, DNI 24.925.719 30% del capital, consistente en 7200 cuotas de valor nominal pesos cien; Sra. Marìa Cristina Giubergia, argentina, DNI N° 20.901.429, 20% del capital, consistente en 4800 cuotas de valor nominal pesos cien. MODIFICACION CONTRATO SOCIAL. Por Acta Asamblea Extraordinaria Nº 91 de fecha 22 de octubre 2018 Se modifica la clàusula dècima del contrato social : “ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA FIRMA SOCIAL. La administración, representación legal y uso de la firma estarán a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma indistinta o conjunta por el término de duración del contrato social. Los gerentes deberán constituir una garantía a favor de la sociedad por la suma que indique la normativa vigente, la que deberá consistir en un pagaré por el monto equivalente en pesos suscrito a nombre de la Sociedad. Representará a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto social, sin limitación de facultades en la medida que los actos tiendan al cumplimiento...

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