AVISO LEY 19.550 - ANDARIEGO S.A

Fecha de la disposición27 de Marzo de 2018

ANDARIEGO S.A En cumplimiento de lo establecido en la LGS 19550 comunica que por Asamblea General Extraordinaria Unánime del 09 de Febrero de 2018 se procedió a modificar el Articulo Segundo con el nuevo domicilio en calle Rivadavia 75 Piso 05 Oficina 29 Ciudad Mendoza, el Articulo Cuarto con el nuevo Objeto Social y el Articulo Decimo Primero para adecuarlo al nuevo Código Civil y Comercial. En virtud de lo comunicado la redacción definitiva de los Articulo en la Siguiente: ARTICULO SEGUNDO Tiene su domicilio legal dentro de la jurisdicción de la provincia de Mendoza, República Argentina, y su domicilio de administración, real, fiscal y social en calle Rivadavia Nº 75 Piso 05 Oficina 29 Distrito Ciudad, Departamento Capital, Provincia de Mendoza, pudiendo trasladarse o instalar sucursales, agencias u oficinas en cualquier parte de la provincia o del país. El cambio de domicilio de administración no implicará modificación del presente artículo. ARTICULO CUARTO La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, o de terceros o asociada a terceros, por representantes o en representación de cualquier entidad, ya sea bajo la forma de licencias, franquicias, o de cualquier otro modo de contratar o mediante la adquisición de derechos reales, en cualquier parte del país o del extranjero, las siguientes actividades: 4.1. VITIVINICOLA Y VITICOLA: Mediante la inversión en la explotación integral de actividades de plantación y/o cultivo de vides en establecimientos, fincas o inmuebles, nuevos y/o existentes, propios y/o de terceros, como así también en la realización de todos los trabajos, inversiones y tareas culturales necesarios para la compra, cultivo y cosecha de uva con destino a) para la comercialización de las mismas, propias y/o de terceros, en fresco, transformada y/o industrializada en pasas, mostos, alcoholes, azucares y demás derivados y subproductos de la uva; b) para la plantación, implantación, injerto y/o trasplante de vides para su cultivo y posterior comercialización como plantines, barbechos y/o cepas; c) para la elaboración, industrialización y/o transformación de las uvas propias y/o de terceros en vinos, en establecimientos de bodegas propias y/o de terceros, con destino al añejamiento, fraccionamiento, envasado y/o comercialización a granel de vinos propios y/o de terceros, tanto para los mercados internos como externos. 4.2. AGROPECUARIA: Mediante el desarrollo de la actividad agrícola, ganadera, apícola, vitivinícola...

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