AVISO

Fecha21 Abril 2022
Número de registro475712
EmisorCOMUNA DE GENERAL LAGOS

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Número Quince de la ciudad de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani, caratulado: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/ROSALES ADALBERTO s/Apremio Municipal, Expte. CUIJ N° 21-22767482-9, se ha dictado lo siguiente: N°59 Arroyo Seco, 15 de febrero de 2022, Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia se agrega a los tos y la que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Agregar las constancias que en copias simples se acompañan invocada en el punto e) del petitorio. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 4.380 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.000 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y II, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de...

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