Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Mayo de 2007, expediente Ac 96512

PresidenteHitters-Kogan-Pettigiani-de Lázzari-Roncoroni
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 96.512 "Avicoy S.A. contra J., E.. Levantamiento de embargo sin tercería. Recurso de queja".

//Plata, 23 de Mayo de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de M. confirmó la decisión que ordenó el levantamiento del embargo trabado sobre el 35% de la soja sembrada en el campo "San José" ordenado en los autos: "J., E.c., R. y otros s/Embargo y secuestro". Para así decidir consideró válido el contrato de aparcería celebrado, por el cual la incidentista "Avicoy S.A." resulta titular de la soja con anterioridad al embargo trabado en el principal. Agregó, asimismo, que los cuestionamientos efectuados por el embargante sobre las facultades del señor G. para celebrar el contrato en cuestión podrían dar lugar a otras acciones que escapan a este levantamiento de embargo (fs. 16/17).

    Contra este pronunciamiento, el incidentado articuló recurso extraordinario, con cita de los arts. 278/281 y 299/301 del Código Procesal Civil y Comercial (fs. 3/6 vta.). La Cámara denegó los de inaplicabilidad e inconstitucionalidad (fs. 2), lo que motivó la deducción de la presente queja (fs. 59/63; art. 292, C.P.C.C.).

  2. Sin perjuicio de las consideraciones que pudieran efectuarse en cuanto a la fundamentación de la vía extraordinaria articulada, es dable señalar que es doctrina reiterada de esta Corte que, en principio, las decisiones relativas a medidas cautelares no revisten carácter definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. doct. Ac. 44.798...

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