Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 16 de Agosto de 2019, expediente FMZ 030772/2016/CA002

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 30772/2016/CA2 Mendoza, 16 de agosto de 2019.

Y VISTOS :

Los presentes autos N° 30772/2016/CA2 caratulados “AVERY

DENNISON DE ARGENTINA S.A. s/ Infracción Ley 19.359”, venidos del

Juzgado Federal de San Luis, a fin de resolver el conflicto negativo de

competencia trabado a fs. 972/973; Y CONSIDERANDO:

1) La causa se origina con una investigación realizada por el Banco

Central de la República Argentina de cuya instrucción surgió que la firma

AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.A. con domicilio social en la

provincia de San Luis habría realizado la liquidación e ingreso tardío de divisas

en 9 operaciones de exportación por la suma de U$D 132.918, 18. Los hechos

fueron calificados provisoriamente como constitutivos de la infracción prevista

por los arts. 1 incs. e) y f) y 2 inc. f) de la Ley 19539 Régimen Penal Cambiario

(T.O Dec . N° 480/95) integrado por los Decretos N° 1606/01 y 1638/01 y las

Comunicaciones “A” del BCRA N° 3534, 3540, 3546 y 3473 resultando acusadas

tanto la firma como sus autoridades y representantes legales.

La Analista de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario del

Banco Central de la República resolvió declarar la causa conclusa y remitir las

actuaciones al Juzgado Federal que por turno corresponda, en atención al lugar de

comisión de los presuntos ilícitos (Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis).

Seguidamente la defensa de la firma AVERY DENNISON DE

ARGENTINA S.A. y J.C.R. efectúa planteo de incompetencia.

Al momento de resolver, el Sr. Juez del Juzgado Federal de San Luis

declara su incompetencia territorial (fs. 954/956), en razón de que el lugar de

comisión de los ilícitos que se reprocha falta de ingreso de los despachos de

importaciones se efectuaron previa fiscalización de la aduana de Buenos Aires,

además indica que las autoridades responsables también se domicilian en aquella

jurisdicción.

Fecha de firma: 16/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: A.R.P. , Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado(ante mi) por: P.O.Q., Secretario de Cámara #28867104#241797657#20190816125124280 Por ello que remite la causa al Juzgado con competencia en lo Penal

Económico en turno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Así, el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 11 Secretaría N° 21

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considera que el criterio relevante para

determinar la competencia es el domicilio de la sucursal donde se practicaron

...

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