Avance sobre las instituciones en Mendoza

En reiteradas oportunidades nos hemos referido con elogios a la institucionalidad en la provincia de Mendoza, cuyo pilar es la sabia Constitución de 1916. Allí, los mendocinos resolvieron evitar los gobiernos feudales, que son una lamentable realidad en otras provincias, que tienen en San Luis, Santiago del Estero y Formosa a tres de sus peores exponentes.

Para asegurar la institucionalidad, la Constitución de 1916 no solo prohíbe sabiamente la reelección inmediata del gobernador y del vicegobernador sino que, además, veta la posibilidad de que en forma inmediata el gobernador sea elegido senador nacional, y excluye a los familiares cercanos de ser postulados.

No hay posibilidad en Mendoza de establecer regímenes dinásticos, propios de las monarquías y no de las repúblicas, donde se suceden en el gobierno esposas, hermanos o hijos, como las lamentables experiencias de los Juárez, los Zamora o los Saadi, que convierten a las provincias en feudos al servicio de sus intereses familiares.

Hemos ponderado en sendos editoriales medidas del actual gobernador de Mendoza, como han sido la disminución de la planta de personal, aunque mucho queda por hacer. También nos hemos referido, congratulándonos, de los avances notables en relación con la reducción del ausentismo docente, reducido a la tercera parte.

Sin embargo, nos preocupan tendencias autoritarias del gobierno, que van desde la injerencia en la vida interna de los partidos que integran el frente gobernante en la provincia como los intentos de reformar la Constitución para incluir la...

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