(*) - Autos Nro: 1259/2018/13f, caratulados “RIVERA MARIA BELEN y ANDRAG+EZ FERNANDO RAUL p/ LA MENOR ABI - (*) - Autos Nro: 1259/2018/13f, caratulados “RIVERA MARIA BELEN y ANDRAG+EZ FERNANDO RAUL p/ LA MENOR ABI

Fecha de la disposición30 de Mayo de 2023

GEJUAS FAMILIA LUJÁN DE CUYO: En Autos Nro: 1259/2018/13f, caratulados “RIVERA MARIA BELEN y ANDRAG+EZ FERNANDO RAUL p/ LA MENOR ABIGAIL PAMELA MARTINEZ ROMERO p/ GUARDA”, este GEJUAS de Familia Lujan de Cuyo sito en Boedo 385. Ed. 4, Carrodilla; ordenó vía edictal la Notificación a la Sra. ROMERO ESTER MABEL D.N.I. 29.574.134 y a MARTINEZ HECTOR D.N.I. 26.278.022, lo que se proveyó: “Mendoza, 10 de abril de 2023 AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: I I.- Hacer lugar a la demanda y en consecuencia otorgar la tutela de la adolescente Abigail Pamela Martínez Romero, D.N.I. N° 49.266.086, a los Sres. María Belén Rivera, D.N.I. N° 24.789.997, y Fernando Raúl Andragñez, D.N.I. N° 25.883.720, quienes deberán aceptar el cargo en autos. II.- Hacer saber a los tutores designados, que deberán rendir cuenta documentada en autos, de todos los actos realizados en representación de la adolescente Abigail Pamela Martínez Romero, D.N.I. N° 49.266.086. III. Firme la presente, por Secretaría del Tribunal, y a costa de los presentantes expídase copia certificada de la presente resolución. IV.- Imponer las costas por su orden. V.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Stella Vitale Marin, en la suma de pesos ocho mil ($8.000), por la labor desarrollada en autos como abogada Ad Hoc, de conformidad con las acordadas de la SCJMza. Vigentes). VI.- Regular los honorarios profesionales de...

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