(*) - AUTOS N°6169 'LUFFI C/ SOSA-DIVORCO' - (*) - AUTOS N°6169 'LUFFI C/ SOSA-DIVORCO'

Fecha de la disposición28 de Marzo de 2022

JUEZ DEL TRIBUNAL DE GESTIÓN ASOCIADA DE FAMILIA DE MAIPÚ, en autos N° 6169/2018 (13-05820229-5), caratulados: “LUFFI LEANDRO RODEMIR CONTRA SOSA MARIA NÉLIDA POR DIVORCIO UNILATERAL”, NOTIFICA a la Sra. MARIA NELIDA SOSA, D.N.I. 20.829.212, la Sentencia de Divorcio dictada en autos que, copiada en fecha y parte pertinente, dice: “Mendoza, 15 de Marzo de 2022. VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I. HACER LUGAR A LA PETICIÓN obrante en autos y DISPONER EL DIVORCIO de MARÍA NELIDA SOSA DNI: 20.829.212 y LEANDRO RODEMIR LUFFI DNI: 17.368.698, quienes contrajeron matrimonio por acta N°43, Libro de Registro 6280, Año 1989 en la oficina denominada Rodeo de la Cruz, Dpto. Guaymallén, del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Mendoza, en fecha 30 de marzo de 1989, conforme lo dispuesto por los arts. 435 y ccs. del C.C.C., declarando disuelta la comunidad de bienes al día de la separación de hecho de las partes, es decir, al 01 de mayo de 1998, art. 480 del C.CyC. II. Hacer saber a las partes que podrán presentar en esta causa un convenio para su homologación relacionado con los efectos del divorcio que no han sido acordados. En su defecto, deberán encauzar las cuestiones pendientes derivadas de los efectos del divorcio, por la vía legal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el art. 438 in fine del C.CyC. III. Sobreseer el pronunciamiento acerca de la imposición de costas y regulación de honorarios por haber intervenido con patrocinio oficial. IV. Notifíquese la presente a la 10° Defensoría Civil por sí y por el Sr...

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