(*) - AUTOS N°: 304.241 CARATULADOS MARTINEZ MELANIE ROCIO C/ FALCONE JOSE JAVIER Y SCHIAVERANO VIVIANA

Fecha de la disposición26 de Octubre de 2021

Juez del Tribunal de Gestión Asociada N°3, Autos N°: 304.241 caratulados: “MARTINEZ MELANIE ROCIO C/ FALCONE JOSE JAVIER Y SCHIAVERANO VIVIANA SONIA P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO”, Mendoza, 14 de Junio de 2021. AUTOS Y VISTOS: Los arriba intitulados, atento a lo manifestado a fs. 102, constancias de fs. 97, dictamen del Ministerio Fiscal de fs. 105 y lo dispuesto por el art. 69 del CPCCyT., RESUELVO: I-Declarar que la demandada VIVIANA SONIA SCHIAVEERANO, DNI N° 27.019.618 es de ignorado domicilio. II-Notifíquese la presente resolución mediante edictos que se publicarán TRES VECES CON DOS DÍAS DE INTERVALO en el Boletín Oficial conjuntamente con el auto obrante a fs. 34. (Art. 72 ap. IV del CPCCyT). III-Fecho, dese intervención al Defensor de Pobres y Ausentes que corresponda. CÓPIESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. Mendoza, 23 de Agosto de 2021. Advirtiendo el Tribunal que se ha incurrido en un error material en el decreto de fs. 113, modificase el segundo párrafo del resuelvo el que de conformidad con las facultades conferidas por el art. 46 del C.P.C. en su lugar deberá quedar redactado de la siguiente manera: “Notifiquese la presente resolución mediane edictos que se publicarán TRES VECES CON DOS DÍAS DE INTERVALO en el Boletín Oficial conjuntamente con el decreto obrante a fs. 14. (Art. 72 ap. IV del CPCCYT).”, quedando incólume el resto del proveido. A Fs. 14 el Tribunal Proveyó: Mendoza, 27 de Agosto de 2019. Por presentado, parte y domiciliado, en el carácter invocado y a mérito del escrito de ratificación acompañado. De la demanda interpuesta TRASLADO a la parte demandada por el plazo de VEINTE (20) DÍAS con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba instrumental, constituya domicilio procesal dentro del radio del juzgado y denuncie domicilio electrónico, bajo apercibimiento de Ley. (artículos 21, 74, 75, 155, 156, 160 y conc. del CPCCyT). NOTIFÍQUESE conforme las “Política de notificaciones accesibles” cuyos modelos pueden extraerse de la página del Poder Judicial. Cítese en garantía a EMPRESA RÍO URUGUAY SEGUROS, debiendo notificársele el traslado como está ordenado precedentemente, en el domicilio denunciado. (art. 118 de la Ley 17.418). Téngase presente la prueba...

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