Auto 140

Fecha de Entrada en Vigor13 de Abril de 2017
EmisorTODOS POR SERODINO
Fecha de la disposición24 de Junio de 2016

TODOS POR SERODINO

AUTO 140

SANTA FE, 16 de Junio de 2016

VISTO:

El expediente N°0020966-T-2014 del registro del Tribunal Electoral de la Provincia, caratulado “TODOS POR SERODINO S/ RECONOCIMIENTO”; y;

CONSIDERANDO:

I) Que, en autos a fs. 134, la División Partidos Políticos de este organismo informa, en relación al partido denominado TODOS POR SERODINO, “...no ha cumplimentado con el artículo 9 de la ley 6808 -Orgánica de Partidos Políticos-”.

Con fundamento en aquel informe, dictamina el señor Procurador Fiscal Electoral a fs. 136 de autos, y, en consecuencia, la presidencia de este Cuerpo resuelve “...promover la declaración de caducidad [...] la que será sustanciada con intervención de partes por el trámite del juicio sumario establecido por el Código Procesal Civil y Comercial...” (Auto N° 028/18.03.2016); conforme a ello cita al partido mencionado a estar a derecho y contestar la requisitoria formulada por el señor Procurador Fiscal Electoral (fs. 142), sin respuesta alguna de parte de los encartados.

En ese estado, le es otorgada nueva intervención al señor Procurador Fiscal Electoral, quien a fs. 146 evacúa el traslado corrido, y, alegando de bien probado, solicita a esta presidencia “...tener por operada la caducidad en base a lo preceptuado por el artículo 44 inc. d) de la ley 6808...”.

II) Ingresando al análisis de la cuestión sometida a consideración de este Cuerpo, ha de realizar su labor a la luz de lo dispuesto por el artículo 44 de la ley 6808 que dispone que “...son causa de caducidad de los partidos: a) la omisión de elecciones partidarias internas durante el plazo de cuatro años; b) la falta de presentación en dos elecciones provinciales consecutivas; c) No alcanzar, en dos elecciones sucesivas, el tres por ciento del padrón electoral de la Provincia; y d) la violación de lo dispuesto en los artículos...

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