Auto: 0150

EmisorMovimiento Por la Union Sanjavierina
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2012

MOVIMIENTO POR LA UNION

SANJAVIERINA

SANTA FE, 24 de mayo de 2012

VISTO:

El Expediente nro. 0005117-M-1995 del registro del Tribunal Electoral de la Provincia, caratulado: “PDO: ‘’ – SAN JAVIER – DPTO. SAN JAVIER S/ RECONOCIMIENTO”.

CONSIDERANDO:

I) Que, en autos a fs. 205, informa la División Partidos Políticos de este Organismo, que el partido denominado MOVIMIENTO POR LA UNION SANJAVIERINA “...ha realizado la última elección interna el 30/04/2005, como así también, no han participado en las elecciones generales de los años 2007, 2009 y 2011...”.

Con fundamento en aquel informe dictamina el señor Procurador Fiscal Electoral a fs. 207, solicitando “... promover la declaración de caducidad del mencionado ente político, la cual será sustanciada con intervención de dicho partido en carácter de parte...”.

Atento a ello, resuelve la presidencia de este Cuerpo, mediante el dictado del Auto Nº 0891/2011 promover la declaración de caducidad del mencionado ente político, y consecuentemente se cita a estar a derecho al partido mencionado y contestar la requisitoria formulada por el señor Procurador Fiscal Electoral (fs. 213).

Habiendo transcurridos los términos de ley sin que comparezcan los encartados, le es otorgada nueva intervención al señor Procurador Fiscal Electoral, quién a fs. 217 evacúa el traslado corrido, y, alegando de bien probado, aconseja “... declarar la caducidad de la agrupación política supra citada...”.

II) Ingresando al análisis de la cuestión sometida a este Cuerpo, corresponde destacar que, conforme lo dispone el articulo 44º de la Ley Nº 6.808, “...Son causas de caducidad de los partidos: a) La omisión de elecciones partidarias internas durante el plazo de cuatro años; b) La falta de presentación en dos elecciones provinciales consecutivas; c) No alcanzar, en dos elecciones sucesivas, el tres por ciento del padrón electoral de la Provincia; d) La violación de lo dispuesto en los artículos 9 y 32, previa conminación a su cumplimiento de la autoridad de aplicación....”.

Surge de las constancias de autos, y así lo informa la División Partidos Políticos, que la agrupación política denominada “MOVIMIENTO POR LA UNION SANJAVIERINA” no ha realizado –desde la fecha 30.04.2005- la...

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