Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 4 de Septiembre de 2020, expediente CIV 038944/2014
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2020 |
Emisor | Camara Civil - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A
38944/2014
ATTANASIO, A.N. c/ HOSPITAL DE
I.F.J.M. Y OTRO s/DAÑOS
Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Buenos Aires, de septiembre de 2020.- MAR
AUTOS Y VISTOS:
A fin de valorar los trabajos realizados en autos por los beneficiarios de las regulaciones apeladas, la ley 27.423 instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.-
Así las cosas, atento a lo establecido por el artículo 279 del ordenamiento adjetivo y la liquidación aprobada con fecha 13/08/20, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,3,16,19,20,21,22,29 y 59 de la ley arancelaria como así también la índole de la labor desplegada por los profesionales, corresponde fijar los honorarios de la Dra. Y.B. en 128,87 UMA- PESOS CUATROCIENTOS ONCE MIL
($411.000), los de los Dres. R.I., C.I.S. de Arzuaga, G.O.M. y R.J.D. en 36,02 UMA- PESOS
CIENTO QUINCE MIL ($115.000) en conjunto, los de los Dres. H.A. de Palma, N.A. y A.C. en 36,02 UMA – PESOS CIENTO QUINCE
MIL ($115.000) en conjunto, los de los Dres. M.C.C.D., P.S. y M.O.L. en 36,02 UMA –PESOS CIENTO
QUINCE MIL ($115.000) en conjunto, los de los Fecha de firma: 04/09/2020
Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA
peritos M.F.P. y R.J.D. en 22,24 UMA- PESOS SETENTA Y UN MIL ($71.000) para cada uno de ellos.-
Por el incidente de falta de legitimación pasiva, se fijan los honorarios para la Dra. Y.S.B. en 10,80 UMA –PESOS
TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($34.500), y para los Dres. R.I., C.S. de Arzuaga, G.O.M. y R.J.D. en 4,38 UMA- PESOS CATROCE MIL (14.000) en conjunto.-
Asimismo, por su labor en la alzada,
de conformidad con lo establecido por el artículo 30 de la ley 27.423, se fijan los honorarios de la Dra. Y.S.B. en 45,11 UMA- PESOS
CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL ($144.000).-
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