Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 30 de Junio de 2020, expediente COM 007858/2019

Fecha de Resolución30 de Junio de 2020
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

7858/2019 - ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL

TRABAJO c/ COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA

S.A. s/ ORDINARIO.

Buenos Aires, 30 de junio de 2020.

  1. Los letrados que asisten profesionalmente a la parte actora solicitaron al juez de la anterior instancia la formación de un incidente de actuaciones separadas a los efectos de posibilitar su elevación y ulterior regulación de honorarios por las labores desplegadas ante esta Alzada.

    El sentenciante de grado sostuvo que, conforme al estado en el que se encuentran las actuaciones, no era necesario la formación del referido incidente, y dispuso habilitar el receso sanitario extraordinario al sólo efecto de elevar la causa y dar trámite a la pretensión de los mencionados profesionales.

  2. Ahora bien, por Acuerdo Extraordinario de la Sala de Feria de esta Alzada mercantil de fecha 12.5.20, a la cual el Pleno delegó las funciones de Superintendencia durante esta feria sanitaria, fue dispuesto, en cuanto aquí

    interesa referir, que serían atendidas por los Tribunales competentes “…las regulaciones de honorarios profesionales en todos los procesos, mientras puedan cumplirse por medios digitales y no se necesiten constatar actuaciones o documental en papel¨ (punto 2.h.).

    Tales circunstancias no se encuentran configuradas en el sub lite.

    En efecto, tal como fuera evidenciado en el informe actuarial elaborado en la anterior instancia en fecha 26.5.20, la presente causa no se encuentra íntegramente digitalizada, habiéndose incluso omitido digitalizar aquellas Fecha de firma: 30/06/2020

    Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    presentaciones respecto de las cuales se solicita justipreciación de los estipendios por las labores de Alzada.

    Tal extremo imposibilita dar tratamiento en debida forma y con un mínimo de seriedad a la petición efectuada por los requirentes.

    Por otra parte, según lo ha dispuesto la...

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