Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Septiembre de 2017, expediente Rc 121412

Presidentede Lázzari-Negri-Soria-Genoud
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 121.412 "Asociación Mutual 4 de Marzo de Empleados Públicos contra A., L.B.. Cobro ejecutivo".

//P., 6 de Septiembre de 2017.

AUTOS Y VISTO:

  1. Se eleva a consideración de esta Corte el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 11 del Departamento Judicial de La Plata y su par N° 8 de la misma instancia y fuero del Departamento Judicial de Quilmes, en el marco del cobro ejecutivo de un pagaré planteado por la Asociación Mutual 4 de Marzo de Empleados Públicos ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 11 de La Plata contra la señora L.B.A., domiciliada en la localidad de Quilmes (v. fs. 18/21, 24, 66, 68/69 bis).

  2. Situaciones similares a la presente han sido resueltas por este Tribunal en las causas C. 120.199, "Bazar Avenida SA", resol. de 23-9-2015; C 120.348, "Emprendimiento La Luisina SRL", resol. de 11-11-2015 y C. 120.967, "Estudio Suno SA ", resol. de 26-10-2016.

  3. En línea con los precedentes citados, se advierte que la inhibición del magistrado de La Plata para entender en autos, basada en el dictamen del Agente Fiscal interviniente -centrado en la aplicación al caso de las normas específicas de la Ley 24.240, con cita del precedente "Cuevas" de esta Corte- viene fundada en el art. 36 del estatuto referido (v. fs. 74 y 83), por lo que la circunstancia de haber emitido el órgano jurisdiccional los actos procesales que dictó (despacho disponiendo la intimación de pago y la citación para oponer...

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