Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 6 de Diciembre de 2016, expediente CNT 000798/2016/CA001

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 798/2016 - ASOCIACION GREMIAL DE ABOGADOS DEL ESTADO c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/LEY DE ASOC.SINDICALES Buenos Aires, 06 de diciembre de 2016.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. R.C.P. dijo:

I- La parte actora interpuso una acción en los términos del art. 62 inciso d) de la Ley 23.551, tendiente a obtener su simple inscripción gremial, ante la denegatoria tácita en que habría incurrido el Ministerio de Trabajo de la Nación por el vencimiento de los plazos previstos en el art. 22 de la ley citada.

Afirma que el 11/11/2011 se le dio ingreso en la autoridad de aplicación a la solicitud de inscripción gremial, mereció ciertas observaciones y el 22/10/2014 recibió dictamen jurídico favorable al reconocimiento de la inscripción gremial solicitada, sin materializarse hasta el presente.

Dichos extremos se pudieron corroborar a través de las constancias del Expediente 1480855/2011 tramitado ante el MTE y SS que se encuentra adjunto a la presente y se requirió a efectos de clarificar el debate, verificándose a fs. 1 la fecha de inicio invocada, las observaciones de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio que el 3/2/2012 mereció la documentación aportada (fs. 237/242), la presentación de la reclamante del 3/4/12 dirigida a subsanarlas (fs. 247/294), las nuevas observaciones efectuadas el 10/9/2012 por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio (fs. 300/302), la presentación de la reclamante del 6/12/2013 dirigida a subsanarlas (fs. 312/415), las nuevas observaciones efectuadas el 10/1/2014 por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio (fs. 406/408), la presentación de la reclamante del 16/1/2014 dirigida a subsanarlas (fs.

410/417), las nuevas observaciones efectuadas el 14/4/2014 por la Fecha de firma: 06/12/2016 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #27967011#168491462#20161206100031759 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio (fs.

419/421), la presentación de la reclamante del 15/4/2014 dirigida a subsanarlas (fs. 451/452), las nuevas observaciones efectuadas el 28/5/2014 por la Dirección...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR