Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 13 de Octubre de 2021, expediente COM 025965/2018/CA002

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y

CONSUMIDORES c/ BANCO INDUSTRIAL S.A. Y OTROS

s/SUMARISIMO

Expediente N° 25965/2018/

Buenos Aires, 13 de octubre de 2021.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la actora la sentencia mediante la cual el señor Juez de primera instancia: i) rechazó la excepción de falta de legitimación activa; ii) hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva; iii) admitió

la excepción de prescripción; y iv) impuso las costas en el orden causado.

Decidió del modo en que lo hizo remitiendo a los fundamentos por él desarrollados mediante la sentencia dictada el 19.10.20 en la causa “Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/ Banco Sáenz S.A.

y otros s/ordinario” -nro. 26927/18-.

  1. La actora sostiene que la demandada aplica a las deudas contraídas por los usuarios mediante tarjeta de crédito una tasa superior al límite establecido previsto en la ley 25.065 o que excede el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares en el lugar donde se contraen las obligaciones, infringiendo el límite previsto en los arts. 16 y 18 de la ley 25.065.

    En ese marco, afirma que la conducta que impugna debe adecuarse a los parámetros que indica, con reintegro de los fondos percibidos en exceso más intereses.

  2. En lo que aquí interesa, la excepción de falta de legitimación pasiva -opuesta por las codemandadas Prisma Medios de Pago S.A. y First Data Cono Sur S.R.L.-, fue admitida por el juez de primera instancia sobre la base de que no era aplicable al caso el art. 40 de la LDC, previsto para hipótesis de cadena Fecha de firma: 13/10/2021

    Alta en sistema: 14/10/2021

    Firmado por: M.R.T., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.V.,ASOCIACION CAMARA

    JUEZ DE POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO INDUSTRIAL S.A. Y OTROS s/SUMARISIMO Expediente N° 25965/2018

    Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA

    de comercialización, ya que las codemandadas excepcionantes no habían participado en la conducta reprochada.

    En lo concerniente a la prescripción -alegada por todas las demandadas-, el magistrado consideró aplicable a la acción el plazo de prescripción de 3 años previsto en el art. 47 de la ley 25.065, por entender que,

    dada su especialidad, desplazaba a los demás que refirió y al plazo genérico invocado por la actora.

  3. La demandante apeló lo decidido en cuanto hizo lugar a las excepciones de falta de legitimación pasiva y de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR