Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 22 de Mayo de 2018, expediente CNT 018331/2017/CA001

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 18331/2017 - “ASOCIACION DE CONCILIADORES LABORALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/PODER EJECUTIVO NACIONAL s/ACCION DE AMPARO”

Buenos Aires, de mayo de 2018.- AC Y VISTOS: E.. 18331/2017 “Asociación de Conciliadores Laborales de la República Argentina c/Poder Ejecutivo Nacional s/acción de amparo”

CONSIDERANDO:

E. a lo resuelto en el día de la fecha en los autos caratulados “E., J.P. y otros c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo s/

amparo ley 16.986” (expte. nro. 9423/17), cuya resolución a continuación se transcribe:

…Y VISTOS: Expte. 9423/17 “E., J.P. y otros c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo s/ amparo ley 16.986

CONSIDERANDO:

I.- Que la Sala IV del fuero decidió desplazar su competencia para resolver la contienda suscitada en autos, en favor de este Tribunal por razones de conexidad con la causa 7596/17 “Experta ART SA c/ EN s/ proceso de conocimiento” y por aplicación de las reglas que surgen de la Resolución de Junta de superintendencia 16/97 y 3/98 (confr. fs. 265).

II.- Que esta S. con anterioridad a que se dictara la resolución mencionada precedentemente (v. fs. 260), había solicitado la remisión de las presentes actuaciones con relación al Expte. nº 9.422/17 “I.J.P. y otros c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16986”, que fue elevado al Tribunal para decidir el conflicto de competencia suscitado porque el Titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 41 desestimó el pedido de inhibitoria comunicado por el Juez Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9 en los autos Nº 7596/17 “Experta ART SA c/ EN s/ proceso de conocimiento” citado en el párrafo anterior.

Es así que recibidas las presentes fueron remitidas al Sr. Fiscal General, juntamente con el expediente nº 9.422/17 “Irrera”, y con los Exptes. Nº

9420/17 “R.J.G. y otro c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/

amparo ley 16986

y el Expte. Nº10236/17 “A.E.D. y otro c/

Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16986”.

Fecha de firma: 22/05/2018 Alta en sistema: 23/05/2018 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #29577128#206901313#20180522102704778 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 18331/2017 - “ASOCIACION DE CONCILIADORES LABORALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/PODER EJECUTIVO NACIONAL s/ACCION DE AMPARO”

Cabe precisar que el Expte. Nº 9420/17 “R.J.G. y otro c/

Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16986” fue remitido a este Tribunal por la Sala I del fuero, y en respuesta al pedido de remisión formulado con relación al Expte. nº 9.422/17 “I.J.P. y otros c/

Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16986” (ver fs. 435 de los referidos autos que se tienen a la vista).

A su vez el Expte. Nº10236/17 “A.E.D. y otro c/

Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16986” fue enviado por la Sala IV por remisión a lo decidido en las presentes actuaciones, es decir...

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