Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Octubre de 2016, expediente CAF 021868/2016/CA001

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Expte nº 21868/2016 ASOCIACION ARGENTINA DE POLO c/

DNCI s/ LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 - ART 22 Buenos Aires, 18 de octubre de 2016.- AP Y VISTOS:

La solicitud de regulación formulada a fs. 220; Y, CONSIDERANDO:

En función de la naturaleza de la cuestión resuelta por este tribunal a fs. 218 –en tanto allí se desestimó, con costas, el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada a fs. 180/182–, teniendo en cuenta el mérito, la calidad y la extensión de la labor profesional desarrollada a la luz del resultado obtenido, corresponde ESTABLECER en las sumas de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150) a favor del D.P.C. y PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450) a favor de la Dra Cecilia E. Corvini los honorarios por la tarea cumplida en el carácter de apoderado y patrocinante de la parte actora (confr. fs.

211/216) ante esta alzada (arts. 6, 7, 9, 19, 33, 37, 38 y demás c.c. del arancel de abogados y procuradores).

El D.C.M.G. integra esta sala en los términos de la acordada 16/2011 de esta cámara.

R., notifíquese y devuélvase.

Firmado...

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