Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 22 de Junio de 2018, expediente FCB 074003779/2003/CA001

Fecha de Resolución22 de Junio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A Expte. N°: FCB 74003779/2003/CA1 AUTOS: “ASIS DE VERGARA, M.D. c/ ANSES s/DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES”

doba, 22 de junio del año dos mil dieciocho.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ASIS DE VERGARA, M.D. c/ ANSES –

DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES” (E.. N° 74003779/2003/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte actora en contra de la providencia de fecha 25 de noviembre de 2014 dictada por el señor Juez Federal de La Rioja, en cuanto decide tener por contestada la demanda y en consecuencia tiene por ofrecida la prueba y cita al juicio al Gobierno de la Provincia de La Rioja (f. 154).

Y CONSIDERANDO:

I.A. fundamentar su recurso la accionante manifiesta que la parte accionada presentó el escrito de contestación de demanda fuera del término previsto en el art. 338 del C.P.C.C.N.. Señala que no hay un pedido formal de la contraria solicitando suspensión de plazos procesales. Afirma que de que admitirse su pretensión se vulnera el derecho de defensa y el debido proceso. Concluye solicitando se revoque la providencia recurrida y se haga lugar al pedido de apertura a prueba solicitado por su parte (fs. 159/160).

Corrido el traslado de ley, la demandada lo contesta ( fs. 169/171).

  1. Previo a todo, resulta conveniente realizar una breve reseña de los antecedentes de la causa. Vemos así que el 29 de agosto de 2009, se ordenó correr traslado de la demanda a la ANSES por el término de 30 días (fs. 83), decisión notificada el 30 de septiembre de 2010 (fs. 85). La accionada plantea caducidad de la instancia y en ésta oportunidad pide “..la suspensión de todo plazo que estuviera corriendo hasta tanto se resuelva el planteo de caducidad..” (fs. 91/91vta.), solicitud que no fue proveída por el Sentenciante (fs. 92).

    La parte actora al contestar el traslado del pedido de caducidad de instancia, reitera su pedido de que se tenga por no presentado el escrito de contestación de demanda (fs. 94/97), solicitud que tampoco es proveída por el Juez de grado.

    Tramitado y resuelto en incidente de caducidad, en primera y segunda instancia (ver fs. 98 y sgtes.) y remitidas las actuaciones por la CFSS al Juzgado de origen, la parte actora reitera el pedido de que se tenga por no contestada la demanda (fs. 133), resolviendo el Sentenciante “...a lo Fecha de firma: 22/06/2018 Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.D.A., Presidente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR