Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 5 de Abril de 2017, expediente CIV 045349/2009/CA001

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F Expte.N° 45.349/09 “A.H.A. c/Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros s/daños y perjuicios”.Juzgado N° 27 Buenos Aires, abril de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Para resolver el pedido de apertura a prueba de fs.785/795, cuyo traslado fuera respondido a fs.797/811 y fs.813/817.

La parte actora solicita la reincorporación del instrumento cuyo desglose fuera ordenado a fs.683 – sostenido a fs.688-

(fs.674/680); en su defecto, el libramiento de oficio al Hospital Oftamológico Santa Lucía; la intervención del Cuerpo Médico Forense y la realización de la pericia médica legista.

Ahora bien, sabido es que la recepción de la prueba en segunda instancia es excepcional y los supuestos de admisión son de interpretación restrictiva (Fassi-Yáñez, "Código Procesal ...", t. 2, pág.

475; L.R., R.G., "El recurso ...", t. 2, pág. 194; H., J.C., "Técnica ...", pág. 462, citado por R., A.A., "Tratado de los recursos ordinarios", t. 2, pág. 498; Colombo, "Código Procesal ...", T.

II, pág. 558, Ed. Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1969; CNCiv., esta sala, del 28/8/65, LL. 120-507; id., id., del 11/5/65, LL. 120-903; id., id., del 6/6/63, LL. 112-903; id., id., del 4/5/94, R.102.457; id., id., del 16/9/94, R.149.679).

En lo que respecta a la documental que se agregó

con la presentación de fs. 681/682, cabe ponderar que correctamente se dispuso su desglose. En efecto, en el caso se intentó incorporar copias que habrían sido emitidas por la Asociación Cooperadora del Hospital Santa Lucía cuya fecha sería anterior a la interposición de la demanda.

De allí, que resultó de aplicación lo normado por el art.335 del Código Procesal, habiéndose limitado la parte a invocar la norma a fs.681/682, pero sin cumplir con los recaudos que dicha norma establece. Por ende, no resulta procedente la solicitud en curso, ni el oficio requerido en subsidio, pues se trata de una probanza relacionada con tal instrumental.

Fecha de firma: 05/04/2017 Firmado por: ZANNONI-POSSE SAGUIER-GALMARINI, Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO...

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