Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 15 de Abril de 2016, expediente CCC 030958/2012/TO01/CFC001

Fecha de Resolución15 de Abril de 2016
EmisorSala 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 30958 G.W.J. s/COACCION (ART.

149 BIS) y LESIONES LEVES (ART.89)

Cámara Federal de Casación Penal Reg. Nº 556/16.1 Buenos Aires, 11 de abril de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CCC 30958/2012/TO1/CFC1 del Registro de este Tribunal, caratulada: “GIMÉNEZ, W.J. s/recurso de casación”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs. 414/422vta. por la defensa particular, doctor C.G.R., asistiendo a W.J.G. contra la resolución de fs. 372/382 del 30 de septiembre de 2015, en cuanto rechazó el recurso de casación presentado por la defensa del nombrado contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal nº 16 que resolvió, en lo que aquí interesa, condenar a W.J.G. a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas, como autor penalmente responsable del delito de amenazas coactivas en concurso ideal con lesiones leves. El recurso extraordinario federal se interpuso en virtud de las previsiones contenidas en los arts. 14 de la ley 48, 6 de la ley 4055 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores A.M.F. y M.H.B. dijeron:

Que el recurso extraordinario federal traído a consideración del Tribunal para que se pronuncie acerca de su viabilidad formal, no puede ser autorizado. Al respecto cabe señalar que, como reiteradamente lo ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario exige -entre otros requisitos para su procedencia- que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre respecto de la presentación en estudio.

Si bien la defensa invocó, en sustento de su impugnación, la vulneración al principio de legalidad y a las garantías constitucionales del debido proceso, igualdad ante Fecha de firma: 15/04/2016 1 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA #8666013#151289664#20160415124948631 la ley y defensa en juicio, lo cierto es que dicha parte no ha logrado demostrar la efectiva vulneración de las garantías mencionadas. Ello así, toda vez que sus planteos consisten en la reedición de agravios que han tenido adecuada respuesta en esta instancia y...

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