+Por estar así ordenado en el juicio caratulado CERUTTI, NICOLAS MARTIN c/SANTA ANGELA SCA y otros s/Escrituración; (Exp. Nº 21-00930094-2), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Santa Fe, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 24 de Octubre de 2.012. Por cumplimentado el decreto de fecha 05/10/12 (f.9). Téngase presente la aclaración formulada. Por promovida demanda ordinaria de escrituración contra Santa Angela S.C.A Letol S.C.A Irma Salvatelli de Grilli y Alberto Daniel Salvatelli a quien se cita y emplaza a estar a derecho dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley. Documental. Téngase presente para su oportunidad. Notifiquen Medina, Fernández, Pratto, Perotti, Piccioni y/o Romagnoli. Notifíquese. Fdo. Dra. Silvia Zabala de de la Torre (Secretaria). Santa Fe, 14 de Abril de 2.021. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria. (S/C 445426 May. 11)

Fecha11 Mayo 2021
Número de registro445426
Emisor+Por estar así ordenado en el juicio caratulado CERUTTI, NICOLAS MARTIN c/SANTA ANGELA SCA y otros s/Escrituración; (Exp. Nº 21-00930094-2), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Santa Fe, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 24 de Octubre de 2.012. Por cumplimentado el decreto de fecha 05/10/12 (f.9). Téngase presente la aclaración formulada. Por promovida demanda ordinaria de escrituración contra Santa Angela S.C.A Letol S.C.A Irma Salvatelli de Grilli y Alberto Daniel Salvatelli a quien se cita y emplaza a estar a derecho dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley. Documental. Téngase presente para su oportunidad. Notifiquen Medina, Fernández, Pratto, Perotti, Piccioni y/o Romagnoli. Notifíquese. Fdo. Dra. Silvia Zabala de de la Torre (Secretaria). Santa Fe, 14 de Abril de 2.021. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.

Por orden de la Jueza de Dist. Nº 1 Civ. y Com. 3 Nº de Sta. Fe, en autos FORESTAL G y E S.A. s/Concurso preventivo; CUIJ 21-02001105-7, se resolvió: declarar finalizado el concurso de Forestal G y E S.A.; designar a la Sindicatura actuante en autos para continuar con el control del cumplimiento del acuerdo preventivo; mantener la inhibición general de bienes respecto al deudor en los términos del art. 59 L.C. y del acuerdo homologado. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Sin cargo (art. 273 inc. 8 ley 24.522).

S/C 445426 May. 11

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