Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 26 de Diciembre de 2012, expediente 29.030/11
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2012 |
Poder Judicial de la Nación ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A C/ A & S
INSTALACIONES SANITARIAS SRL Y OTRO S/ ORDINARIO
29030/11 Juzg. 19 S.. 37 14-13-15
Buenos Aires, 26 de diciembre de 2012.
Y VISTOS:
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A.F.A. y A & S
Instalaciones Sanitarias SRL (ambas demandadas)apelaron la resolución de fs. 210/211 en la que el juez de primera instancia las tuvo por desistidas de la citación de Mulieris SA en calidad de terceros.
Sostuvieron los recursos con los memoriales de USO OFICIAL
fs. 215/217 y 218/220 respectivamente, que fueron contestados por la actora a fs. 231/232.
-
La intervención coactiva de terceros debe ser interpretada con criterio restrictivo cuando es requerida por la accionada, ya que compele al actor a litigar contra aquél a quien no ha demandado (v. esta S., "A.S.R. y otro c/ HSBC Bank Argentina S.A. s/ ordinario",
26.04.07).
Como la resolución que admite la citación suspende el procedimiento principal hasta que el tercero comparece o hasta el vencimiento del plazo que se le hubiere señalado para comparecer (CPr: 95), se fija un plazo para que quienes solicitaron la citación impulsen la notificación correspondiente.
En el sub -lite el juez a quo ordenó que la notificación de la citación debía instarse en el plazo de cinco días bajo apercibimiento de tener a las interesadas por desistidas de la intervención del tercero a citar (v. fs.
164/168).
Para impulsar la citación se libró la cédula obrante a fs. 180 cuyo diligenciamiento resultó frustrado.
Transcurrido casi tres meses de dicha diligencia sin que se haya exteriorizado acto tendientes a materializar la citación...
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