Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 28 de Abril de 2015, expediente CAF 029430/2014/CA001

Fecha de Resolución28 de Abril de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa Nº 29430/2014/CA1 “ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A c/ DGA s/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

Buenos Aires, de abril de 2015.-

VISTO y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, contra la intimación dispuesta en el segundo párrafo del auto de fs.159, la actora interpuso recurso de reposición a fs. 163.

  2. ) Que, asiste razón al presentante en cuanto a que la resolución de fs. 157 dispuso que las astreintes que allí se fijaban serían devengadas “a partir de la notificación de esta decisión”.

    Por ello, y toda vez que la referida resolución fue notificada el 11 de febrero de 2015 (fs.157 vta.), corresponde ajustar el monto reclamado por “astreintes”

    obrante a fs. 159, computándolas desde el día siguiente al de la citada notificación hasta el de la efectiva intimación que se cursa a través de la presente resolución. Ello así, toda vez que, al día de la fecha, la obligación de liquidar lo adeudado en concepto de tasa de justicia continúa incumplida por la referida parte.

  3. ) Que, asimismo, en atención a que por providencia del 30 de marzo de 2015 se intimó el pago de $ 1.386,05 en concepto de tasa de justicia – según los cálculos realizados por el representante del Fisco- y a que, al presente, ella tampoco fue abonada, corresponde...

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