ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

Fecha07 Noviembre 2022
Número de registro488650
EmisorSOCIEDAD DE OFTALMOLOGIA DE ROSARIO

En cumplimiento de lo dispuesto por el estatuto social, la Comisión Directiva de la Sociedad De Oftalmología De Rosario convoca a sus afiliados a asistir a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará en su Sede Social de calle Santa Fe N° 1798 de esta ciudad (Circulo Medico), el día 29 de noviembre de 2022; a las 18:00 hrs. en primera convocatoria con el fin de considerar el siguiente

ORDEN DEL DIA:

1) Declaración de validez de la Asamblea.

2) Elección de los asociados para refrendar el Acta.

3) Lectura, consideración y aprobación de memoria y balance por el ejercicio finalizado al 31 de Julio de 2022 y lectura informe de la Comisión Revisora de Cuentas respecto de la cuentas del ejercicio finalizado el 31 de Julio de 2022.

4) Proclamación de la lista para elección de integrantes de la Comisión Directiva por el período entrante por Parte de los miembros de la junta electoral.

5) Votación y designación de nuevos miembros de comisión Directiva titulares y suplentes y tres miembros de la comisión revisora de cuentas titulares y tres suplentes.

6) Exposición relato anual 2022.

7) Elección de tema para e1 relato anual 2023.

8) Designación de una persona para que realice los trámites ante la Inspección General de Personas, Jurídicas de la Provincia de Santa Fe, con facultad de aceptar las observaciones que requiera dicho organismo público.

A tal efecto se transcriben las previsiones legales y estatutarias vigentes.

Art. 40 del Estatuto Social vigente: Las Asambleas se celebraran válidamente y sesionarán, inclusive, en los casos de reforma de estatutos y de disolución social, sea cual fuere el número de asociados concurrentes, una hora después de la fijada como primera convocatoria, si antes no se hubiera reunido ya la mayoría absoluta de los asociados con derecho a voto.

Serán presididas por el presidente de la entidad, o en su defecto por quien la asamblea designe por mayoría simple de votos emitidos. Quien ejerza la presidencia solo tendrá voto en caso de empate.

Art. 41 del Estatuto Social vigente: Las resoluciones se adoptaran por mayoría absoluta de votos emitidos, salvo cuando este estatuto se refiera expresamente a otras mayorías. Ningún asociado podrá tener más de un voto y los miembros de la Comisión Directiva no podrán votar por asuntos relacionados con su gestión.

Una vez iniciado el acto, no podrán ingresar asociados distintos a los que firmaron oportunamente el libro de registro de asistencia a la asamblea.

Rosario, 30 de octubre...

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