Sentencia de SALA III, 30 de Septiembre de 2014, expediente CCF 007399/2012/CA001

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2014
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 7.399/12/CA1 “Arte Gráfico Editorial Argentino SA c/ Telam SE y otro s/ incumplimiento de contrato”

Buenos Aires, 30 de septiembre de 2014.

VISTOS: El recurso de apelación deducido por el Estado Nacional -Secretaría de Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros- a fs. 977 contra la resolución de fs. 974/975, el cual fue fundado a fs. 979/990 dando lugar a la contestación de la actora de fs. 992/1001; Y CONSIDERANDO:

  1. La sociedad actora promovió demanda contra Telam S.E. y contra la Secretaría de Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros -en adelante “SCP-JMG” o “SCP”- (ver fs. 749/758 y ampliación de fs. 804, proveída a fs. 805) por el cobro de facturas emitidas por servicios de publicidad contratados por la SCP-JMG, a través de Telam, las que -según alega- no fueron cuestionadas ni tampoco canceladas (ver fs.

    749/758 y fs. 804 y proveído de fs. 805).

    A. contestar demanda la SCP-JGM interpuso las excepciones de incompetencia y de falta de habilitación de la instancia (confr. fs.

    922/949).

    Mediante la resolución apelada el señor Juez de primera instancia resolvió rechazar ambos planteos, con costas (confr. fs. 974/975).

    Para ello, remitió a los argumentos expuestos por el F. en el dictamen de fs. 969/970, quién a su vez remitió a los precisados a fs. 769.

    Los fundamentos fueron, brevemente, los siguientes: en lo que se refiere a la defensa de incompetencia destacó que el objeto del reclamo no excedía el marco del derecho privado por lo que correspondía el tratamiento de la causa en este fuero (ver fs. 769, antes citada, párrafo segundo) y con respecto a la falta de habilitación de la instancia dictaminó

    que en razón de tratarse de un cobro de sumas de dinero de origen contractual Fecha de firma: 30/09/2014 Firmado por: R.G.R. Firmado por: G.A.A. correspondía eximir al actor del reclamo administrativo previo (confr. fs. 769 vta.).

    Ese decisorio fue motivo de apelación por la SCP. Al exponer sus quejas señaló que debía intervenir el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal en razón, de que la actividad de Telam tiene como fin poner en conocimiento de la ciudadanía la forma en la que se invierten los fondos públicos (fs. 984, segundo párrafo). De esta manera, destacó que dicha función se desarrolla en el marco de las normas y principios de derecho público, extraños a las pautas que gobiernan las sociedades comerciales...

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