Arriagada C/ Rodriguez

Juez del Décimo Séptimo Juzgado Civil, Comercial y Minas, Autos N° 183.048, "ARRIAGADA MARIA DORA c/RODRÍGUEZ AVILA ROBERTO DANIEL y OTS. p/ D Y P". Notifica al demandado Fernando Javier Rodríguez Palermini, de ignorado domicilio el decreto recaído a fs. 61 de autos, la que copiada en su parte literal dice: "Mendoza, 31 de julio de 2.009. Téngase al Dr. Valentín Daniel Guillermo Chaher por presentado y parte en el carácter invocado. Téngase presente el domicilio legal constituido. Téngase presente el incidente de beneficio de litigar sin gastos que tramita por ante este Juzgado en autos N° 183.049. Como medida previa, ofíciese al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, como se solicita (fs. 57 vta., cap. IX). Téngase presente la ratificación expresada. Fdo: Dra. Marina Isuani, Juez.". A fs. 73 el Juzgado proveyó: "Mendoza, 29 de septiembre del 2.009. Proveyendo fs. 64/71. Ténganse presente los oficios diligenciados que se acompañan. Téngase por ampliada la demanda en el sentido expresado, debiéndose notificarse conjuntamente con la providencia que ordene correr traslado de la demanda. De la demanda interpuesta, córrase traslado a la parte demandada, Roberto Daniel Rodríguez Ávila, Empresa El Rápido Sociedad de Responsabilidad Limitada, Fernando Javier Rodríguez Palermo, Empresa Provincial de Transporte de Mendoza y Walter Gustavo Sottile por el plazo de diez (10) días, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda y constituya domicilio legal, dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de ley (arts. 21, 74, 75, 210 y 212 del Código Procesal Civil). Notifíquese. Téngase presente la prueba ofrecida, para su...

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