Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Agosto de 2008, expediente Ac 103316

PresidenteKogan-Pettigiani-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución13 de Agosto de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 103.316 "A., H.R.. Cancelación de título ejecutivo. Inc. de comp. e/ J.. de G.. nº 2 de Dolores y J.. C.. y Com. nº 13 de La Plata".

//Plata, 13 de Agosto de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. Se iniciaron las presentes por la declinatoria, en razón del territorio y la materia, que el titular de la Unidad Fiscal de Instrucción n° 2 de Dolores formuló al J.ado de Garantías n° 2 de la misma jurisdicción, en el marco de la Investigación Penal Preparatoria n° 03-00-108962-06 seguida por "Averiguación de ilícito", ordenándose la formación de este incidente con copias de la misma (fs. 18 a 20).

    De ellas surge que el señor H.R.A. realizó -en sede policial- una exposición por extravío de un cheque librado contra la cuenta corriente que posee en el "Banco Río de La Plata", sucursal General Belgrano (fs. 3) y luego que ese instrumento fuera presentado al pago (fs. 5 y 8), ratificó por medio de una denuncia -en la misma sede- tal circunstancia, dando cumplimiento al requerimiento de la entidad bancaria mencionada (fs. 2).

    El órgano citado, que calificóprima facieal hecho investigado como "tentativa de estafa", se inhibió de entender en estas actuaciones y las remitió al juzgado en lo civil y comercial de La Plata que se encontraba en turno al momento de la comisión del mismo (fs. 24/25).

    A su vez, el J.ado de Primera Instancia en lo C.il y Comercial n° 13 de esta jurisdicción que las recibió, no las aceptó y las elevó (fs. 27 y vta.), originándose el conflicto a dirimir (art. 161 inc. 2, C.. prov.).

  2. Esta Corte ha expresado que la competencia en razón de la materia es de orden público y, como tal, improrrogable (S.C.B.A., "D.J.B.A.", 123-379; Ac. 97.579, 19-VII-2006; art. 1, Código Procesal C.il y Comercial). Incluso, la aptitud de cada uno de los magistrados involucrados en el presente se encuentra claramente delimitada en la legislación que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR