Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 2 de Noviembre de 2010, expediente 5.446

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario La Plata, 2 de Noviembre de 2010.-

VISTA: esta causa registrada bajo el N° 5446 caratulada, “ARIOTTI,

C.A.S.. ART. 296 Y 292 C.P.”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes.-

Y CONSIDERANDO:

LA JUEZA CALITRI DIJO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud de los recursos de apelación interpuestos a fs. 130/131vta.

    por la Sra. Fiscal y a fs.132/134 por la Dra. S.M.P., en representación de C.A.A., contra la resolución de fs.

    126/129vta. que ordena el procesamiento del nombrado por considerarlo prima facie autor penalmente responsable de los delitos calificados como:

    hecho 1) falsificación de documento público de los destinados a acreditar la identidad de las personas, en concurso real con el delito de falsificación de documento público, los que concurren en forma ideal con el delito de estafa en grado de tentativa (arts. 54,55,172,292 y 296 del C.P.); hecho 2) falsificación de documento público en concurso ideal con estafa en grado de tentativa (arts.

    42, 54, 172, 292, 296 del C.P.).

  2. a) El Sr. Fiscal disiente con la calificación legal electa por el a quo en cuanto entiende que el correcto encuadramiento de los hechos debería ser dos hechos de estafa en grado de tentativa, en concurso ideal con falsificación de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas falsos, los que a su vez concurren en forma aparente con los usos de esos documentos, los que entre sí, concurren en forma real (arts. 42,

    44, primera parte; 54, 55, 172, 292 segundo párrafo y 296 del C.P.).

    Por ello, solicita se modifique la decisión apelada en punto a la calificación legal de los hechos en la forma precedentemente propuesta.

    1. Los agravios de la Dra. P. se centran,

    en lo sustancial, en que de los elementos de prueba agregados a la causa y las circunstancias de hecho descriptas en el acta de fs. ½ se desprende que la documentación incautada en poder de su asistido carecía de atributos que pudieran inducir a engaño o error, motivo por el cual, entiende que la conducta endilgada a su defendido resulta atípica.

    En virtud de ello, impetra el sobreseimiento de C.A.A. en orden a los delitos en reproche.

  3. Cabe recordar que, esta causa se inició el día 12 de enero de 2007 a las 16,0 hrs., con motivo del procedimiento efectuado por personal de la Comisaría N° 1 de Avellaneda, en el local de Tarjeta Shopping ubicado dentro del centro comercial Alto Avellaneda. En ese momento, se observó que una persona exhibió un...

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