Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 18 de Febrero de 2009, expediente 57.145

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2009

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y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, de las constancias de la causa surge que en los despachos de importación temporaria cuestionados en autos, junto a las firmas del despachante de aduana A.A. TORNA Y se habrían estampado firmas apócrifas del importador C.A.S..

  2. ) Que, por la declaración indagatoria de fs. 536/538 de los autos principales, A.A. TORNA Y manifestó: "...que confeccionaba el despacho, y lo enviaba por moto para que SUED firmara la documentación correspondiente cuando no podía hacerlo personalmente, a veces, lo hacía personalmente en su oficina y otras veces, el declarante, a pedido de SUED, se la enviaba por un mensajero y SUED se la devolvía por el mismo medio ... ".

  3. ) Que, el argumento de la defensa transcripto por el considerando anterior no puede prosperar, al menos en este momento del proceso, toda vez que este Tribunal ha expresado que el trámite de importación genera "...responsabilidades para quien resulta el titular de la importación y para quien documenta (declara) ante la aduana aquellas operaciones. Esta circunstancia surge, inequívocamente, mediante el examen de las disposiciones del Código Aduanero que se vinculan con quienes hayan intervenido en una operación de importación de mercaderías ... " (confr. R.. N° 841/00, entre otros, de esta Sala "B").

  4. ) Que, por otro lado, "...por la necesidad de producir alguna medida de prueba y por los eventuales resultados que aquélla pudiera traer aparejada en elfuturo, no puede soslayarse la conclusión anterior que se basa en las constancias que actualmente se encuentran incorporadas al legajo, ni se...

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