Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 1 de Noviembre de 2022, expediente CCF 003496/2021/CA001

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 3496/2021

A.N. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DIRECCION DE SANIDAD

LUIS PASTEUR s/AMPARO DE SALUD

Buenos Aires, 1 de noviembre de 2022. ITP

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado con fecha 17.08.2022 por la demandada, cuyo traslado fue contestado el 26.08.2022, contra la resolución de fecha 04.08.2022; oído el Sr. Fiscal General mediante el dictamen de fecha 06.10.2022; y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 04.08.2022 el a quo hizo lugar a la presente acción de amparo y condenó a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE

    DIRECCION DE SANIDAD L.P. a otorgar a la Sra. N.A. la internación en la “RESIDENCIA JUNCAL S.A.”, con la cobertura de acuerdo a los valores fijados en el Nomenclador Nacional de Prestaciones para Personas con Discapacidad para la prestación de Hogar Permanente con Centro de Día Categoría A, con más el 35 % de tal valor en concepto de dependencia. Ello, en forma ininterrumpida y por el tiempo que prescriban los médicos tratantes, bajo la modalidad de reintegro siempre y cuando,

    como en el caso, no sea prestador del demandado.

    Para así decidir, el Magistrado entendió que la necesidad de cobertura de la internación en la residencia “RESIDENCIA JUNCAL S.A.”

    se encontraba debidamente acreditada con la constancia médica que daba cuenta del cuadro de síndrome demencial que presentaba la actora con la necesidad de cuidado durante las 24 horas del día para el desarrollo de las actividades diarias. Ello así, en atención a la finalidad protectora y de rehabilitación de las personas con discapacidad aludida en la ley 24.901, así

    como los principios y pautas rectoras que emanan de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, jerarquizada con rango constitucional mediante la sanción de la ley 27.044, postuló que la demandada se encontraba obligada a proporcionar a la accionante la Fecha de firma: 01/11/2022

    Alta en sistema: 02/11/2022

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

    cobertura integral y total de dicha prestación que por su situación de discapacidad requería.

    Asimismo, impuso las costas a la demandada vencida considerando que la falta de acceso oportuno a la cobertura en cuestión provocó que la parte actora debiera interponer el reclamo judicial a fin de obtener el reconocimiento judicial de sus derechos (artículo 14 de la Ley N°

    ...

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