Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 18 de Febrero de 2019, expediente CNT 072935/2015/CA001

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 45676 SALA VI Expediente Nro.: CNT 72935/2015 (Juzg. N° 77)

AUTOS: “ARGUELLO, JUAN CARLOS C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

Buenos Aires, 18 de febrero de 2019 VISTO:

El recurso de apelación deducido por la parte actora a fs. 107/113 contra el rechazo de demanda decidido por el Sr.

Juez a quo a fs. 105/106 y que mereciera réplica de la parte demandada (fs. 116/117).

Y CONSIDERANDO:

Que, la parte actora se agravia por el rechazo de la demanda, fundando su recurso en que no hubo desinterés de su parte en la producción de la prueba pericial médica toda vez que compareció a las distintas revisaciones médicas con tres peritos diferentes realizándose los estudios médicos solicitados.

Que, sostiene que el “a quo” no contempló que si bien es cierto que el actor no pudo realizarse el psicodiagnóstico solicitado por el último perito por la demora de su Obra Social, el daño físico bien podría haberse determinado con los otros estudios que su parte ya se había realizados y que se Fecha de firma: 18/02/2019 Alta en sistema: 19/02/2019 Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA #27700896#217424455#20190219094701093 encontraban a disposición del perito (RMN de columna lumbosacra y EMG de miembros inferiores).

Que, alega que los tres peritos que sucesivamente fueron sorteados en la causa pudieron realizar el informe que les fue encomendado y determinar la incapacidad física del accionante, pero no lo hicieron.

De las constancias de autos surge que, el magistrado de grado rechazó íntegramente la demanda entablada en virtud de haberse establecido que el actor no padece incapacidad resarcible alguna. Para así decidir tuvo en cuenta que en la causa se tuvo al actor por desistido de la prueba pericial médica por no haber activado su realización declaró de imposible cumplimiento la pericial médica por exclusiva culpa del accionante.

De la lectura del escrito de inicio se desprende que el actor, quien se desempeñaba como ayudante, realizando tareas de pavimentación de vía pública, el 4/11/13, mientras se encontraba a las órdenes del empleador, levantando con unos compañeros una regla de unos 1000 kg. aproximadamente, siente un fortísimo y agudo tirón en su zona cervicolumbar que lo dejó totalmente paralizado. Invoca que el siniestro fue aceptado por la aseguradora demandada, brindándole al mismo el carácter de laboral y siendo atendido muy precariamente. Alega que fue tercerizada la asistencia médica sanitaria en la...

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