Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 28 de Octubre de 2016, expediente CIV 098550/2012/CA001

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala F

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F “ARGAÑARAZ, TERESA FÁTIMA C/ BOETTGER GUSTAVO EURICO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” Expte. Nº

98.550/2012 En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los días del mes de octubre de 2016, reunidos en acuerdo los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “F” para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: S.. Jueces de Cámara Dres. GALMARINI.

POSSE SAGUIER. ZANNONI.

A las cuestiones propuestas el Dr. G. dijo:

  1. La sentencia de fs. 534/545 hizo lugar parcialmente a la demanda promovida por la actora a raíz del accidente de tránsito ocurrido el 16 de diciembre de 2011, en el que el vehículo conducido por la actora marca Chevrolet Meriva, dominio KTJ-644 que circulaba por la Av. Nazca se detuvo por el semáforo en rojo en la intersección con la calle L.V. y fue embestido en la parte trasera por la delantera del camión M.B., dominio COQ-

    072, propiedad de “Distribuidora Metropolitana S.R.L.”, conducido por G.E.B.. En consecuencia, condenó a estos codemandados y a “Nación Seguros S.A.” -esta última en los términos del art. 118 de la ley 17.418 y en la medida del seguro- a pagar a T.F.A., en el plazo de diez días, la suma de $197.968,22, con más los intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde el día del accidente hasta el efectivo pago, con costas.

    Fecha de firma: 28/10/2016 Firmado por: ZANNONI-POSSE SAGUIER-GALMARINI, Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA #12140109#165627218#20161028123926586 Apelaron la actora, la sociedad demandada y la citada en garantía. La actora se queja de los montos indemnizatorios fijados en concepto de “gastos de atención médica, farmacia y traslado” y de “privación de uso”, y por no haberse admitido resarcimiento por la “desvalorización del rodado”. La demandada y la aseguradora cuestionan la tasa activa fijada por la sentenciante desde la fecha del hecho hasta el dictado de la sentencia, y por haberse estimado la indemnización a valores a la fecha de la sentencia, consideran que durante ese lapso se configura la excepción prevista en el plenario “S.”, solicitando consecuentemente que se aplique alguna de las tasas puras establecidas en los antecedentes que citan.

  2. Gastos de atención médica, farmacia y traslado.

    La Sra. Juez admitió en concepto de gastos de atención médica y de farmacia la suma de $5.000 y por gastos de traslado la de $2.000.

    Para ello expresó que la autenticidad de la documentación acompañada no fue fehacientemente acreditada, como tampoco lo fue que la accionante haya realizado el tratamiento kinesiológico por el lapso de 9 meses.

    El perito médico estimó la convalecencia en tres meses, durante los cuales le hicieron a la actora tratamiento...

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